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En este artículo te explicamos qué se considera un dato personal según la legislación actual.

El dato personal no es sólo un nombre, una foto o un número de tarjeta, sino que puede ser una característica tan sencilla como la forma de las cejas, en qué ha consistido tu vida laboral o si sabes hablar 4 idiomas.

Desde el punto de vista jurídico, un dato personal es toda aquella información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o del cualquier otro tipo que permita que cualquiera de nosotros pueda ser identificado o identificable.

Los datos personales gozan de protección y puedes denunciar o reclamar su uso conforme a la Ley o el Reglamento de protección de datos.

¿Cómo se pueden clasificar los datos personales?

Los datos personales se pueden clasificar en:

  • Especialmente protegidos.

    Los datos más vulnerables, conforme a los artículos 9 y 10 del RGPD: origen étnico o racial; opiniones políticas, convicciones filosóficas o religiosas; afiliación sindical; genéticos; biométricos (como el iris); relativos a la salud; o los relativos a la vida o la orientación sexual.
  • Identificativos.

    Nombre, DNI, número de la Seguridad Social, teléfono, dirección, la firma, nombre de usuario, dirección IP, etc.
  • Relativos a caracteres personales

    Características físicas, preferencias, aficiones, fecha de nacimiento, etc.
  • Relativos a circunstancias sociales.

    Número de hijos, permisos, licencias, etc.
  • Académicos y profesionales.

    Formación, títulos, historial académico, etc.
  • Detalles de empleo.

    Categoría profesional, puesto de trabajo, experiencia profesional, nómina, etc.
  • Económicos/financieros.

    Ingresos, rentas, datos bancarios, etc.
  • Relativos a características comerciales.

    Actividades y negocios, licencias comerciales, subscripciones a publicaciones o medios de comunicación, creaciones artísticas, literarias, científicas o técnicas, etc.
  • Relativos a carácter asegurador.

    Ser tomador o beneficiario de un seguro, planes de pensiones, etc.

Como ves, todos ellos son datos personales que permiten dibujar a una persona u ofrecen una característica de alguien.

Que órgano resguarda los datos personales

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a nivel estatal, junto con los Tribunales de Justicia y las Comunidades Autónomas.

Si tengo una libreta con datos de amigos, ¿están sujetos a la Ley?

No, pues su uso es privado y son normalmente facilitados por sus propietarios. Pero si van a ser públicos (se van a ofrecer a una universidad, a un médico o a una empresa), sí que estarán sometidos a la ley, por lo que pueden estar sometidos a una autorización para su tratamiento.

Así que recuerda, cuando vayas a dar un dato tuyo, pregunta la finalidad. Y si decides acceder datos de otras personas, que sea solo acorde al fin autorizado y no para otra cosa diferente que lo que hayan firmado.




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