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Carlos Sáiz

Mañana se inagura en Madrid el II Encuento Cumplen, un evento que acoge a los especialistas del Compliance en España. Abogados, jueces, fiscales, catedráticos universitarios, representantes de mundo empresarial y de las administraciones públicas van a poner en común sus experiencias y conocimientos en un área tan novedosa como es la responsabilidad penal de la persona jurídica.

Para conocer más sobre este encuento y profundizar un poco en lo que se va a tratar en él, entrevistamos a Carlos Sáiz, Presidente de Cumplen.

En los próximos días se va a celebrar el II Encuentro Cumplen, organizado por la Asociación que preside. ¿Qué objetivos se pretenden cubrir con este evento?

Respuesta: En éste encuentro lo que queremos es aglutinar a todos los profesionales del mundo del Compliance que estén interesados en conocer las novedades de este sector, conocer buenas prácticas y experiencias enriquecedoras de compañías que han implantado programas de Compliance con éxito, así como conocer las ideas e impresiones de profesionales de prestigio de este mundo del Compliance. Y por supuesto, hacer networking y conocer las inquietudes de compañeros de profesión.

Cada día se percibe que hay más abogados y profesionales interesados en el cumplimiento normativo, ¿qué ofrece Cumplen como asociación que trata de aglutinar a los expertos en la materia?

Efectivamente, cada vez hay más abogados y más profesionales en general que están interesados en el mundo del Compliance. Es lógico puesto que cada vez hay más necesidad de este tipo de profesionales por parte de todo tipo de organizaciones, tanto públicas como privadas y tanto grandes, como medianas e, incluso, pequeñas compañías. Cumplen, lo que ofrece como asociación, es contenidos interesantes sobre la materia para estar conectados con las últimas novedades, así como relación con otros profesionales del mismo sector, asistencia a eventos interesantes y condiciones ventajosas para poder asistir a todo tipo de cursos, congresos y conferencias relacionadas con el cumplimiento normativo.  

El Compliance es un área relativamente nueva en nuestro Derecho, y esto afecta tanto a los profesionales, como a las empresas. ¿Son éstas conscientes de las obligaciones que supone el cumplimiento normativo?

El Compliance es un área que sobre todo empieza a tener un papel más importante es España a través de la reforma del Código Penal del año 2010, que instaura la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Muchas compañías ya llevan trabajando años en la implantación seria y rigurosa de sus programas de Compliance y otras apenas empiezan a darse cuenta de que tienen ésta obligación. Por lo tanto, todavía no existe una gran conciencia en el entorno de la mediana y pequeña empresa, pero, por supuesto, sí que existe en el entorno de la gran empresa o de las multinacionales.

En este sentido, ¿hasta qué punto está implementada la figura de Compliance Officer en la empresa española?

Poco a poco, la figura del Compliance Officer se va haciendo un hueco en la realidad de la empresa española. Tienen un gran reto por delante ya que, por un lado, es necesario profesionalizar ésta figura y hacer que tengamos los mejores profesionales en la materia y, por otro, necesitan realizar una labor de evangelización dentro de la compañía para poder instaurar una auténtica Cultura de Compliance y hacer que el programa de Compliance y sus controles sean efectivos.

¿Podemos, pues, afirmar que estamos hablando de una profesión de implementación en los próximos años en la empresa española?

Efectivamente, existe muchísimo movimiento de mercado que busca profesionales del mundo del Cumplimento Normativo o Compliance, tanto en despachos como en consultoras y por supuesto en empresas de todo tipo. Observando un poco las solicitudes de puestos de trabajo o las ofertas de empleo, vemos que es cada vez más necesario todo tipo de perfiles relacionados con el Compliance, ya sean abogados, analistas, economistas, analistas de riesgos o penalistas, por mencionar algunos.

¿Hay sectores más sensibles al cumplimiento normativo? Se lo comento ya que dados los últimos datos de corrupción conocidos esta semana por transparencia internacional, tanto el sector público, como el privado requieren adoptar medidas de prevención más contundentes.

Sí que hay más sectores que son más sensibles por estar altamente regulados, como es el caso de la banca, los seguros o el sector farmacéutico. No obstante, existe una tendencia cada vez mayor, incluso en sectores que no están tan regulados, a tener un programa de cumplimento que aporte, no solamente una gestión adecuada de los riesgos normativos para la entidad, sino realmente un auténtico código de conducta para que tanto los dirigentes y directivos de la compañía, como todos los empleados, lleven a cabo su actividad de manera ética y conforme a la conducta aprobada por la propia compañía.

¿Están los jueces suficientemente especializados para abordar los casos de responsabilidad de la persona jurídica?

Creo que los jueces están muy preparados para atender casos de responsabilidad de personas jurídicas en lo que se refiere al conocimiento penal y de las normas procesales pero, en el ámbito de las metodologías para calcular riesgos y para implantar programas de Compliance, no solamente los jueces sino, también, realmente, tanto el mercado privado, como las entidades públicas y por supuesto el orden jurisdiccional, tenemos que hacer un esfuerzo por comprender mejor cómo se puede medir la eficacia de los programas de Compliance y cuáles son los indicadores para poder probar que tenemos implantada una auténtica Cultura de Cumplimiento en la organización. Uno de los objetivos de Cumplen es precisamente aportar conocimiento, experiencias y buenas prácticas en este sentido para que todo el mundo tenga el mayor grado de expertise posible en la materia.

¿Qué novedades en la materia se van a abordar en el II Encuentro Cumplen?

Vamos a intentar que en éste segundo encuentro se aborden todas las novedades que en el mundo del Compliance han venido produciéndose en los últimos meses. Por ejemplo, y por citar sólo algunos puntos: la aprobación del Estándar ISO 37001 sobre Sistemas de Gestión de Anticorrupción o la UNE 19601 de Sistemas de Gestión de Compliance Penal. También, por supuesto, vamos a estudiar algunos casos de medición del impacto reputacional dentro de una compañía en caso de que un riesgo se concrete en un problema de Compliance o aspectos como la última jurisprudencia sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Hace unos días Grande-Marlaska afirmaba que “los programas de Compliance no son un salvoconducto para eludir la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. Estas afirmaciones no han caído positivamente en los profesionales del sector. ¿Qué opinión le merecen?

Realmente los programas de Compliance no deben buscar únicamente una posible eximente en caso de tener una imputación penal por parte de la compañía. El principal objetivo de un Plan de Compliance es prevenir la comisión de los delitos e implantar las medidas adecuadas para que no se produzcan conductas antijurídicas en el seno de la organización por parte de todos sus empleados y directivos. Ésa es la gran dificultad y el reto es implantar una adecuada Cultura de Cumplimiento.




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