Carpeta de justicia

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  • Caixabank  condenada a devolver más de 100.000€ de intereses en una promoción sobre plano
  • La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Málaga, con fecha 21 de Marzo de 2017 ha condenado a Caixabank a pagar no sólo los intereses debidos, desde las entregas a cuenta de cantidades en la promoción SIERRA BLANCA COUNTRY CLUB de la promotora del mismo nombre, sino al pago de intereses por mora procesal.
  • Doble castigo en ejercicio de una magnífica aplicación del Derecho y  de la jurisprudencia existente en Audiencias y Supremo.

Es ésta la recta final de la batalla legal a los Bancos que comenzó con la famosa Sentencia de Keith Rule en Finca Parcs en 2012. Recta final en la que se persigue la fijación doctrinal del dies a quo de los intereses debidos por garantes o bancos depositarios en ésta reclamaciones. Fecha que como esta Sentencia señala debe ser la de las entregas a cuenta.

Esta Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga se suma a otras del mismo Tribunal dictadas desde el año 2012,  a otro buen número dictadas por  numerosas  Audiencias  provinciales (Barcelona, Ávila, Sevilla, Madrid, Cádiz, Granada, Málaga, Murcia y  Alicante) y a varias del Supremo, que, interpretan la fecha de comienzo del cómputo de  los intereses a devolver por los Bancos desde las entregas hechas a las cuentas del promotor.

La Sección Quinta de la Audiencia de Málaga razona que  es doctrina jurisprudencial consolidada, la que predica que los efectos de la resolución contractual se producen, por lo general, con carácter "ex tunc", lo que supone volver al estado jurídico preexistente como si el negocio no se hubiera concluido y ello lleva consigo la obligación de restituir cada parte lo que hubiese recibido de la otra por razón del vínculo obligacional, debiendo el vendedor reintegrar el precio percibido con sus intereses legales, que se han de ser computados desde que efectivamente se hace el pago, doctrina que recaída en relación con la nulidad contractual, ya sea absoluta o relativa, es también aplicable a la resolución de los contratos (Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 2003).

Ésta Sentencia de Málaga, ganada por el equipo jurídico CostaLuz Lawyers-De Castro  castiga aún más a la entidad al imponerle el pago de  los intereses de mora procesal, es decir intereses devengados desde el dictado de la Sentencia de Primera Instancia en una ratio de interés legal  más dos puntos o el que corresponda por pacto de las partes o por disposición especial de la ley




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