Virginia Domingo de la Fuente
- El mundo ha recordado el 80 aniversario de la liberación de Auschwitz en concreto el 27 de enero de 1945, los nazis habían asesinado a 1,1 millones de personas en Auschwitz, la mayoría de ellos judíos, pero también prisioneros de otras procedencias, países y nacionalidades
Hace tan solo unos días que se recordaba la liberación y se daba voz a los pocos supervivientes que todavía siguen vivos. Sin duda recordar la historia es una buena forma de evitar que se repita. Y todo esto me recordaba que más allá de entender la justicia restaurativa como paradigma de justicia o como una forma de encuentro víctimas-personas ofensoras, la justicia restaurativa debe ser un movimiento social o incluso una forma de justicia comunitaria y social que permita a las personas sanar tras sufrir daños.
JUSTICIA RESTAURATIVA COMO MOVIMIENTO SOCIAL
El ser humano siempre se ha enfrentado a momentos de guerras y violencia, somos capaces de lo mejor y lo peor, y cuando se ha tratado de pasar de una situación de violencia a otra de paz, siempre se han buscado mecanismos para reparar el daño a las víctimas (que en estos casos son multitud de personas) y llevar a la justicia a los responsables. En el caso de algunos de los máximos responsables de estos crímenes fueron juzgados en el Tribunal Militar Internacional de Núremberg. En la actualidad la Corte Penal International con sede en la Haya es un órgano judicial independiente que puede ejercer jurisdicción sobre individuos acusados de cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crímenes de agresión. Tiene precisamente su origen en los tribunales militares creados para juzgar a criminales de guerra alemanes y japoneses. Por otro lado también se recurre a las vías internas, cada estado establecerá los cauces para juzgar a los responsables de los daños y de la violencia. Esto tiene que ver también con la justicia transicional, y de hecho, en mi libro la función transformadora de la justicia restaurativa analizo la complementariedad de la justicia restaurativa y la justicia transicional para lograr un paso firme a una situación de paz tras momentos de violencias.
Sin embargo, frecuentemente nos olvidamos de que la justicia restaurativa es mucho más que prácticas o metodologías para lograr que una persona ofensora o varias se encuentren con sus víctimas. La justicia restaurativa como movimiento social nos ayuda a hacer frente a daños personales, pero también daños históricos como los producidos en diferentes países tras guerras internas y momentos de revueltas, lo cual enraizaría mucho con la justicia transicional como ya he comentado.
Y también haría frente a daños sistémicos como en materia de derechos humanos, medio ambiente, pena de muerte, homofobia, igualdad de género…
Esto nos da una primera aproximación a la importancia que cobra esta justicia a nivel de la ciudadanía pues nos permite agruparnos, empoderarnos y reclamar cambios estructurales en el sistema y lograr así una transformación social.
Según Carl Stauffer: “El proceso de la justicia restaurativa debe restaurar la dignidad humana nuestro sentido de poder humano, nuestro sentido de respeto humano, los procesos que utilizamos”. Sería por tanto aceptable, entender el aspecto transformador de la justicia restaurativa en cuanto a movimiento social como motor para que las comunidades se unan y puedan generar cambios en el sistema que contribuyan a la mejor cohesión social. Para Mike Hinton se trata de poner a las personas en el corazón del sistema en lugar de los procesos y la burocracia. Esto sería un comienzo para considerar la justicia restaurativa como una visión para el cambio. También trataría como ya hemos hablado, del empoderamiento, de que los ciudadanos recuperen en la línea de lo que mencionaba Nils Christie cierto control en aspectos esenciales de su vida, y puedan tomar decisiones en consonancia a sus preferencias.
En este sentido la justicia restaurativa como movimiento social permite a las personas reclamar cambios a nivel macro que generen transformación a nivel micro e interpersonal. Necesitamos la justicia restaurativa como movimiento social para que las condiciones de vida, la forma de relacionarnos, y nuestro entorno nos permita vivir de mejor manera. Implica una forma de responsabilización por supuesto como comunidad somos víctimas de la violencia aunque no nos afecte directamente pero también somos agentes responsables y debemos implicarnos para buscar un mundo mejor. La justica restaurativa como movimiento social supone la utopía realista de creer que como miembros de la comunidad, todos estamos conectados, somos responsables y podemos contribuir a crear un mundo más pacífico.
Es por esto, que la justicia restaurativa como movimiento social está relacionada con la justicia restaurativa como filosofía de vida, puesto que no podemos separar nuestros comportamientos individuales de los que nos deben guiar como grupo. Y estas dos conceptualizaciones de la justicia restaurativa también contribuyen a un mejor desarrollo de esta como paradigma.
Por tanto, todas están relacionadas y todas las conceptualizaciones de la justicia restaurativa buscan una sociedad más pacífica pero también más responsable.
JUSTICIA RESTAURATIVA COMO JUSTICIA COMUNITARIA Y SOCIAL
Con la justicia restaurativa buscamos la verdad emocional de los daños, en qué manera lo que sucedió impactó en nuestras vidas, qué fue lo más duro y cómo vemos el futuro. La justicia restaurativa busca espacios seguros para visibilizar las historias, genera escucha compasiva y busca formas para que las personas puedan encontrar un sentido diferente a lo vivido que les permita continuar con su vida.
Nos acompaña en la búsqueda de las fortalezas y la resiliencia necesaria para poder recuperar el control de nuestra vida.
Ante hechos terribles como lo sucedido durante la segunda guerra mundial con los campos de concentración y en situaciones en los que los estados buscan pasar de situaciones de guerra o violencia a momentos de paz es necesario no solo generar espacios para que los que causaron daños se responsabilicen y reciban el castigo sino también buscar las oportunidades y las fórmulas para que todas y cada una de las víctimas puedan sentir que están siendo ayudadas a buscar ese futuro diferente del que hablaba.
Más allá de los posibles usos de prácticas y programas restaurativos que busquen encuentros entre víctimas y personas ofensoras, el estado, el sistema debe buscar también otros espacios que generen reparaciones a las victimas de las situaciones violentas y conflictivas.
Es cierto que para muchas víctimas será importante un encuentro con la persona ofensora pero también es común que no se sepa quién fue la que les daño , y no se quiera realizar el encuentro con una persona ofensora subrogada (esto puede funcionar pero actualmente el uso desmedido de esta opción está desnaturalizando los beneficios que pudiera tener. Y es que la obsesión por buscar esta reunión conjunta hace a muchos pseudoexpertos buscar un encuentro subrogada sin planear bien los objetivos que se quieren conseguir) También puede suceder que la persona ofensora no se responsabilice por los daños o simplemente las víctimas no están preparadas o no quieren esta reunión. En estos casos, se puede buscar una justicia restaurativa como justicia social y comunitaria. Si la persona ofensora no va a escuchar las necesidades de las víctimas, y/o no se va a comprometer a reparar o al menos mitigar el daño, es el estado, y los mecanismos que haya establecido para ello, los que van a dar voz a cada uno de los afectados por la violencia. Y la reparación podría ser directamente del estado o del estado pero implicando de alguna manera a las personas ofensoras.
La pregunta sería como sería la reparación del daño y si toda la reparación sería restaurativa. Lo primero que habría que decir es que efectivamente no toda la actividad en beneficio de la comunidad es justicia restaurativa. Actualmente se piensa por ejemplo que si un adolescente en conflicto con la ley es condenado a realizar un taller de control de los impulsos es justicia restaurativa, es decir según esta idea todo sería restaurativo. Este taller sería educativo, pedagógico incluso reinsertador pero no seria restaurativo para que fuera así debería haberse escuchado a la víctima, o al menos debería tener relación con el delito cometido. En todo caso una medida no restaurativa puede ser un complemento eficaz a otros actos restaurativos pero no caigamos en el error de decir que todo es restaurativo porque entonces otra vez desnaturalizamos a esta justicia.
No tendría sentido hablar de justicia restaurativa porque medidas como talleres formativos, psicológicos, trabajos en beneficio de la comunidad ya existen en las leyes penales y penitenciarias por tanto, lo restaurativo no existiría.
Pero volviendo a la reparación en contextos como los de la noticia con la que he comenzado no son fáciles, afectan a muchas personas y en diferentes formas y niveles. Pero es importante entender la importancia de mitigar el daño aun aunque hayan pasado 80 años. Por eso, una parte esencial de mi libro está dedicada a hablar de esta reparación y los programas comunitarios para abordar los daños en delitos internacionales.
Primero habría que entender que para que sea restaurativo habría que escuchar a las víctimas y entender qué necesidades tienen, preguntar que fue lo más duro para ellas y como podrían mejorarse las cosas. A partir de ahí muchas víctimas en mi experiencia reclaman respeto, memoria, dar visibilidad a las historias de daños, generar actos de recuerdo en honor de los que no están… En definitiva, muchas personas se sentirían mejor si se realizan actos y homenajes que recuerden lo que sucedió, muestren rechazo de la sociedad por lo que se hizo y sobre todo saquen a la luz estos daños para evitar que se repitan . Y es que muchas víctimas necesitan sentir que hay menos probabilidades de que la violencia se repita y para eso el mundo debe visibilizar sus historias. Por eso, la verdadera justicia es la que ayuda a sanar, y la justicia que se imparte en los tribunales ya sean a nivel nacional o internacional no suele abordar todos los aspectos importantes para que esto suceda. Y aquí es donde entraría en juego la justicia restaurativa como justicia comunitaria y social buscando actos, acciones, homenajes, y cualquier otra actividad que emanen de la sociedad y aunque sea con apoyo de los estados busquen rendir homenaje a todas y cada una de las historias de los que se vieron afectados por la violencia. Los actos de memoria son actos de reparación simbólica o como dice Willma Derksen de reparación creativa que buscan sanar a los afectados pero también tratan de evitar que se repitan en el futuro.
CONCLUSIÓN
Vivimos en una época convulsa, en la que nos polariza el odio y la violencia que emana en muchos lugares de nuestra vida cotidiana como las redes sociales y aunque las guerras están ahí, parece que muchas veces pensamos que esto no tiene que ver con nosotros. Sin embargo, y tal como escuché a una víctima del holocausto estamos en un momento en el que se corre el riesgo de repetir los daños pasados. Para que esto no suceda es importante los actos de justicia restaurativa como justicia comunitaria y social que no se olviden de lo que pasó, que busquen ayudar a sanar a los que están siendo víctimas de esta violencia en la actualidad y nos recuerden de lo que es capaz el ser humano para prevenir su reiteración. Es una necesidad social recordar para no repetir y sobre todo para que las generaciones futuras entiendan lo que sucedió o lo que está sucediendo.
Como decía Burke los que no conocen la historia están condenados a repetirla. Pero además es importante la justicia restaurativa para ayudar a sanar a los que en la actualidad están siendo víctimas, porque el trauma de la violencia se puede heredar a generaciones que incluso no han vivido la violencia. Sanar es la mejor manera de asegurarnos que el trauma no se transfiere y no se hereda y con él los deseos de venganza o el odio.