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  • La directiva de protección de denunciantes no fue traspuesta por Alemania, Luxemburgo, República Checa, Estonia y Hungría. El TJUE resuelve con sendas sanciones en diferentes sentencias
  • España traspuso la directiva en febrero de 2023, fuera de plazo. Actualmente se estima que tenemos 81 directivas pendientes de trasposición
  • Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí recuerda la doctrina Francovich del TJUE: en caso de retraso o negativa en la trasposición, las directivas son de aplicación directa por el principio de primacía y efectividad del derecho europeo.

El TJUE ha sancionado a cinco estados miembros por no haber traspuesto o haberlo hecho deficientemente- la directiva de protección de denunciantes de incumplimiento de derecho europeo. Se trata de la directiva 2019/1937 también conocida como “chivatazo” porque regula los canales confidenciales para denunciar el incumplimiento del derecho europeo.

La Comisión Europea denunció estos incumplimientos ante el TJUE que ahora ha sancionado a cinco estados en sendas sentencias. Las sanciones van desde los 34 millones de euros a Alemania a los 375.000 de Luxemburgo pasando por 500.000 de Estonia, 1.750.000 de Hungría o 2.300.000 de República Checa.

España traspuso en febrero de 2023 la directiva y se libró de la sanción. “Cumplimos fuera de plazo, pero cumplimos”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo. Sin embargo, el 25 de febrero de 2021 el TJUE impuso una multa de 15 millones de euros y 89.548,20€ diarios por no trasponer la Directiva de Protección de Datos. Más recientemente, el pasado 27 de febrero el TJUE condenó a España con una multa diaria de 9.760€ hasta trasponer la directiva de conciliación trabajo/familia que debía haberse traspuesto el 2 de agosto de 2022.

“Actualmente calculamos en 81 las directivas pendientes de trasposición por parte de España lo que evidencia una deslealtad institucional sistemática”, denuncia Navas, quien recuerda que la doctrina Francovich del TJUE establece la “plena aplicación y vigencia de la directiva” aunque no esté traspuesta o lo esté incorrectamente. “Los principios de primacía y efectividad del derecho europeo permiten invocar directivas en los tribunales nacionales aunque no hayan sido traspuestas o lo hayan sido incorrectamente”, concluye el socio-director de navascusi.com




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