lawandtrends canal de whatsapp

LawAndTrends



En el proceso de tramitación de los Presupuestos Generales del Estado en el Congreso de los Diputados, se incluyó una enmienda destinada a modificar el régimen de incentivos fiscales aplicables a la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Esta propuesta, que afecta a los artículos 36.3 y 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, busca reforzar la financiación del sector y corregir las diferencias históricas con la industria audiovisual.

Una reforma necesaria y esperada

Hasta ahora, la deducción fiscal para las producciones de espectáculos en vivo se encontraba en un 20% sobre una base limitada de gastos. Con la nueva redacción propuesta:

  • El porcentaje de deducción se elevaría al 25%, acercándose a los incentivos del sector audiovisual, donde las deducciones alcanzan el 30% en el primer millón de euros y el 25% sobre el exceso de dicha cantidad.
  • Se duplica el límite total de la deducción, pasando de los actuales 500.000 euros por contribuyente y ejercicio fiscal a 1.000.000 de euros por producción.

Este cambio introduce una mayor flexibilidad y eficiencia financiera, facilitando la planificación de proyectos a mayor escala y reforzando la competitividad del sector.

Impacto positivo en promotores, artistas y salas de conciertos

La modificación también amplía la base de la deducción, permitiendo incluir gastos que hasta ahora quedaban excluidos por interpretación de la Dirección General de Tributos. Específicamente, se reconoce como gasto deducible el alquiler de espacios o venues, un elemento esencial para la producción de espectáculos.

Además, la enmienda aclara y refuerza la posibilidad de que no solo los productores puedan beneficiarse de la deducción, sino también los exhibidores, como teatros y salas de conciertos. Este ajuste dejaría menos margen a interpretaciones restrictivas, garantizando así un acceso más claro y equitativo a los incentivos fiscales, alineándolos con la regulación aplicada al sector audiovisual.

Otro aspecto clave que la enmienda clarifica es la inclusión de las producciones «a caché» dentro del régimen de deducción. Aunque esta posibilidad ya se contemplaba en algunos casos, la nueva redacción aporta mayor seguridad jurídica al especificar que las compañías de teatro, así como las oficinas de management y booking, podrán beneficiarse de este incentivo sin que su modelo de retribución sea un factor excluyente. Con ello, se refuerza la accesibilidad de las deducciones fiscales para todos los agentes implicados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo.

 

Un modelo más justo y eficiente para la industria cultural

Además de las mejoras económicas, la enmienda introduce nuevas condiciones para evitar el uso indebido de estos incentivos:

  • Solo podrán acogerse empresas cuya actividad principal sea la producción y exhibición de espectáculos en vivo.
  • Se excluyen actividades accesorias como: Amenización musical en restaurantes, hoteles o eventos deportivos.
  • Se refuerza el papel del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) en la certificación de las producciones, garantizando un control más riguroso y ampliando los plazos para la obtención del certificado hasta el cierre del período impositivo en el que se aplique la deducción.

Un paso adelante para la competitividad del sector

El impacto de estas medidas no solo se reflejará en una mejora de la financiación del sector, sino también en una mayor estabilidad y previsibilidad para los promotores y empresas culturales. Al reducir la brecha con los incentivos fiscales del audiovisual y garantizar un acceso más equitativo a las deducciones, se impulsa la competitividad de la música en vivo y las artes escénicas en España.

Con esta reforma, el sector cultural recibe un respaldo esencial para afrontar desafíos como el aumento de costes de producción, la competencia internacional y la necesidad de asegurar una oferta cultural de calidad y accesible. Si la enmienda es finalmente aprobada, supondrá un hito en la fiscalidad cultural española y abrirá nuevas oportunidades para el desarrollo de la industria del espectáculo en vivo.

La importancia de un asesoramiento especializado

Ante un marco normativo en constante evolución, disponer de un asesoramiento especializado resulta fundamental para maximizar la eficiencia fiscal y garantizar el estricto cumplimiento de la legislación aplicable. En este contexto, FAM Cultura, plataforma de Grupo Carrillo, proporciona un servicio altamente cualificado en la interpretación y aplicación de los incentivos fiscales contemplados en el artículo 36.3 y 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Nuestro enfoque estratégico permite a promotores, productores y exhibidores estructurar adecuadamente sus proyectos, optimizando el acceso a las deducciones fiscales y asegurando la plena seguridad jurídica en su aplicación.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad