Hace apenas unos días Argentina ha respaldado la legalidad de los Smart contracts. [1] Aunque algunos países como Francia ya se habían lanzado a realizar regulaciones específicas respecto a estos contratos inteligentes, todavía algunos aspectos sobre su validez y seguridad jurídica seguían planteando debates en numerosas jurisdicciones.
¿Qué dice la regulación española?
Como decíamos, a diferencia de países como Francia que ya han establecido una regulación específica, en España, ante la falta de regulación específica, debemos acudir al Código Civil.
Un contrato inteligente es esencialmente una secuencia de código informático que ejecuta automáticamente las condiciones acordadas por las partes. Esto significa que, una vez programado, el contrato se autoejecuta sin la intervención humana. No obstante, para que un smart contract tenga validez jurídica en España, debe cumplir con los mismos requisitos que cualquier otro contrato:
-
Consentimiento: Las partes deben consentir de manera clara y libre las condiciones del contrato. En el caso de los smart contracts, este consentimiento se expresa mediante la programación del código
-
Objeto y causa: El contrato debe referirse a un objeto lícito y tener una causa justificada. En un smart contract, tanto el objeto como la causa se programan directamente en el código, como puede ser la compra-venta de bienes o la prestación de servicios.
-
Forma: Aunque no se requiere una forma específica para la mayoría de los contratos, los smart contracts deben cumplir con la normativa de firma electrónica, como el Reglamento eIDAS en Europa, que regula distintos niveles de firmas electrónicas: estándar, avanzada y cualificada.
Adicionalmente, es necesario tener en cuenta que uno de los aspectos más importantes para la validez de los smart contracts es la adecuación a los requisitos de firma electrónica. El Reglamento eIDAS establece un marco para la validez de las firmas electrónicas en Europa. Las firmas cualificadas, que son las más rigurosas, incluyen procedimientos de verificación de identidad más estrictos y son esenciales para garantizar la seguridad jurídica de los contratos inteligentes.
Desafíos y necesidad de regulación
Sin embargo, a pesar de su potencial para automatizar acuerdos de manera eficiente, los smart contracts presentan una serie de desafíos legales. Entre ellos destacan:
-
Responsabilidad por daños: Si un smart contract falla o ejecuta incorrectamente las condiciones programadas, surge la cuestión de quién es responsable por los daños. El código de los smart contracts es rígido y no permite una corrección humana una vez iniciado el proceso, lo que puede generar problemas legales.
-
Ejecución de actos ilícitos: Un smart contract podría automatizar actos que resulten ilícitos, como la comercialización de bienes prohibidos. Es fundamental que se regule adecuadamente el uso de estos contratos para evitar que se utilicen en actividades ilegales.
-
Dificultades probatorias: En caso de litigio, los smart contracts presentan retos en cuanto a la prueba. Aunque los datos de la blockchain pueden servir como evidencia, su interpretación ante los tribunales puede ser complicada debido a la naturaleza técnica de la información.
¿Entonces un Smart contract puede aportar seguridad jurídica?
La seguridad jurídica se trata de la capacidad de prever, con un grado razonable de certeza, las consecuencias o la calificación jurídica de ciertos actos o hechos.
Teniendo en cuenta además los criterios anteriores, al igual que en cualquier contrato tradicional, los smart contracts deben cumplir con los requisitos de accesibilidad y claridad, lo que implica que el código debe reflejar fielmente el acuerdo entre las partes y que el código sea claro y comprensible para las partes.
Asimismo, es necesario que las condiciones que ejecuta deben estar claramente definidas, lo que requiere que el código sea preciso y que las partes puedan prever las consecuencias de su ejecución. Además, la ejecución automática del contrato debe garantizar que no se realicen actos ilícitos o que se ejecuten condiciones incorrectamente programadas.