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El Juzgado de lo Social nº 2 de Alicante ha dictado una sentencia que estima íntegramente las pretensiones presentadas en nombre de los herederos de un pensionista fallecido, reconociendo el derecho al complemento por maternidad del 5% con efectos desde el 15 de marzo de 2018, más las revalorizaciones correspondientes, junto con una indemnización de 1.800 euros por daños morales.

El pensionista, que accedió a su pensión de jubilación en 2018, inició el procedimiento para reclamar el complemento por maternidad en 2021, pero tanto la solicitud como la reclamación previa fueron rechazadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), alegando prescripción. Ante esta negativa, el pensionista interpuso una demanda, que fue ampliada posteriormente por sus herederos tras su fallecimiento en diciembre de 2021.

La sentencia aborda tres aspectos clave:

  1. Reconocimiento del complemento por maternidad con efectos retroactivos e imprescriptibilidad del derecho: El tribunal se basa en la doctrina del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que establece que el derecho al complemento por maternidad está vinculado a la pensión y, por tanto, es imprescriptible.
  2. Legitimación de los herederos para reclamar la indemnización: Pese a que el INSS planteó que la indemnización por daños morales es una acción personalísima, el tribunal consideró que los herederos tienen legitimación activa al haberse visto afectados patrimonialmente por el proceso, lo que influye en el caudal hereditario.
  3. Indemnización por daños morales: La denegación inicial del complemento obligó al pensionista y a sus herederos a acudir a la vía judicial, generando un perjuicio económico y moral que el tribunal reconoció como vulneración de derechos fundamentales.

Cristina García, directora de la sede de Unive Abogados en Alicante, ha destacado la importancia de esta resolución: “Es una sentencia ejemplar que no solo protege los derechos de los pensionistas, sino también los de sus familias, reafirmando la imprescriptibilidad del complemento por maternidad y el derecho a ser indemnizado cuando se vulneran principios fundamentales. Animamos a los herederos en situaciones similares a reclamar lo que les corresponde.”

Este fallo no solo supone una reparación económica importante para los herederos, sino que también refuerza la jurisprudencia en defensa de los derechos de los pensionistas varones y sus familias frente a prácticas discriminatorias.




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