lawandtrends canal de whatsapp

LawAndTrends



El nuevo proyecto ley obliga a las empresas obligadas a presentar y verificar un informe de sostenibilidad, en sustitución del actual estado de información no financiera previsto en la Ley 11/2018). Este proyecto de ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad ha sido publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el de 15 de noviembre de 2024 y traspone la Directiva (UE) 2022/2464, mediante la modificación del Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas. 

El proyecto de Ley obliga a (i) grandes empresas y sociedades dominantes de grupos grandes, (ii) pequeñas y medianas empresas (según la normativa de auditoría de cuentas) que sean emisoras de valores admitidos a negociación en un mercado regulado de la UE y (iii) ciertas filiales o, en su defecto, sucursales. De conformidad con el proyecto de ley, las obligaciones relativas a la presentación de información sobre sostenibilidad aplican también a entidades aseguradoras y reaseguradoras y entidades de crédito que sean empresas grandes. Por el contrario, excluye de su ámbito de aplicación a los fondos de inversión alternativos y organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios

El informe de sostenibilidad debe ser una herramienta transparente y completa que permita a los stakeholders (inversores, clientes, empleados, etc.) comprender el compromiso de la empresa con la sostenibilidad y su impacto en la sociedad. El texto detalla los requisitos específicos para la elaboración y presentación del informe de sostenibilidad que las empresas deberán incluir en sus informes de gestión. Los puntos clave son:

  • El informe debe analizar tanto el impacto de la empresa en cuestiones de sostenibilidad (ambiental, social y de gobernanza) como el impacto de estos factores en la propia compañía, el enfoque conocido como de doble materialidad. También debe incorporar información detallada sobre las actividades de la empresa, su cadena de valor, productos, servicios, relaciones comerciales y cadena de suministro, así como abarcar los objetivos a largo plazo y los indicadores clave para medir el progreso hacia dichos objetivos.
  • El informe deberá elaborarse en formato electrónico y la información sobre sostenibilidad deberá etiquetarse.
  • Adicionalmente a la aprobación, publicación y depósito aplicables al informe, la información de sostenibilidad será puesta a disposición del público de forma gratuita y será fácilmente accesible en el sitio web de la sociedad.
  • Las empresas deben informar a los representantes de los trabajadores sobre la información de sostenibilidad y recabar su opinión.
  • Las pequeñas y medianas empresas emisoras podrán limitar la información sobre sostenibilidad del informe.

La información sobre sostenibilidad será objeto de verificación de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Auditoría de Cuentas. La finalidad es establecer un mecanismo de control de calidad que asegure la transparencia y la credibilidad de los informes presentados por las empresas. El verificador será nombrado por la junta general de la empresa y deberá cumplir requisitos similares a los de un auditor de cuentas. Su función será comprobar la conformidad de la información sobre sostenibilidad con las normas de presentación previstas en el Código de Comercio y en la Ley de Sociedades de Capital, así como el cumplimiento de los requisitos formales. Los socios que representen más del 5 % del capital social de la sociedad obligada podrán solicitar que un tercero independiente acreditado revise el contenido del informe o solicitar su nombramiento al registrador mercantil.

La ley se aplicará de forma gradual, comenzando con las grandes empresas y dominantes de grupos grandes hasta terminar aplicándose también a las filiales y sucursales españoles de empresas de terceros países.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad