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¿Estás planteándote poner fin a tu relación y no sabes cómo dar los primeros pasos?

Si no contrajiste matrimonio y necesitas información sobre cómo regular la situación con tus hijos, tu vivienda o los bienes compartidos, en este artículo encontrarás explicación clara y sencilla sobre el proceso de separación en parejas de hecho.

Y lo voy a hacer abordando las preguntas más comunes y frecuentes. La primera de ellas es conocer qué es la separación judicial:  el paso legal para regular tu situación familiar una vez has decidido poner fin a tu relación.

La diferencia clave con el divorcio reside en si previamente contrajisteis matrimonio o no. En el caso de estar casados, se seguirá el procedimiento de divorcio y, si no lo estáis, se seguirá el procedimiento de separación.

¿Qué tipos de separación existen?

La separación puede ser de diferentes tipos:

  • Separación matrimonial: dos personas legalmente casadas deciden poner fin a su relación. A diferencia del divorcio, la separación suspende temporalmente los efectos del matrimonio, mientras que el divorcio los suprime directamente.
  • Separación de parejas de hecho inscritas: cuando las partes deciden romper la relación sentimental que formalizaron a través de la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
  • Separación de parejas de hecho no inscritas: las partes no están casadas ni han formalizado la unión de hecho. Es decir, no han formalizado legalmente su relación, pero quieren ponerle fin y pretenden regular sus circunstancias.

Modalidades de separación de parejas de hecho

La separación puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa. La primera se caracteriza por el entendimiento entre vosotros sobre cómo regular su situación familiar. En este contexto, las partes coincidís en los términos y condiciones que rigen vuestra separación.

Mientras que la segunda modalidad se da por la falta de acuerdo. Es decir, las partes no lográis llegar a un acuerdo debido a discrepancias en algunas medidas, por ejemplo, el régimen de custodia, la atribución de la vivienda familiar o la distribución de las cargas económicas.

En la mayoría de los casos, optar por el procedimiento de mutuo acuerdo resulta más aconsejable. No solo es considerablemente más rápido y económico, sino que también permite una regulación más detallada de la situación familiar.

Las sentencias emitidas por jueces en procedimientos contenciosos no suelen regular las medidas de manera tan exhaustiva y personalizada como un abogado regula las medidas familiares en un convenio regulador.

Tramitación del procedimiento de separación de mutuo acuerdo

Este procedimiento de separación de parejas de hecho se inicia con la presentación de una demanda conjunta, ya sea con un solo abogado o con dos abogados, uno para cada parte, que negociarán entre sí las medidas a adoptar.

La demanda recogerá vuestra voluntad de poner fin a la relación y se le adjuntará el convenio regulador firmado por las partes, y que detalla los acuerdos alcanzados sobre los aspectos fundamentales como la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, la atribución de la vivienda familiar, la distribución de bienes….

Una vez es admitida a trámite la demanda por el Juzgado, estos serán los siguientes pasos:

  • El Ministerio Fiscal revisa el convenio regulador para garantizar que las medidas acordadas son beneficiosas para los menores si existen hijos en común.
  • Ratificareis ante el Juzgado el convenio regulador
  • Esperar la sentencia del Juez que aprobará y homologará judicialmente el documento.
  • Notificación al Procurador por la plataforma electrónica que, en unas semanas, hará llegar el testimonio de la sentencia (documento original que podréis presentarlo en cualquier organismo en caso de ser necesario y, si alguna de las partes no cumple las medidas acordadas, podréis proceder a la ejecución de Sentencia)

En nuestro despacho acostumbramos a incluir una cláusula por la que se acuerda que las medidas estén vigentes desde la firma del convenio regulador. Así, si el Juzgado señale la ratificación para dentro de 30 días, por ejemplo, el convenio ya se aplica desde la firma y no depende de la tardanza del órgano judicial correspondiente.

Tramitación del procedimiento contencioso de separación

El proceso se inicia cuando una de las partes presentáis una demanda frente a la otra, donde se exponen los argumentos y pruebas que respaldan las medidas solicitadas.

Una vez admitida a trámite por el Juzgado, se concede un plazo de 20 días hábiles a la otra parte para contestarla contados desde el día siguiente a la notificación. En su contestación, la otra parte deberá presentar sus argumentos y pruebas, así como solicitar las medidas que consideren pertinentes. Admitida a trámite la contestación, se señalará por el Juzgado una fecha para celebrar el juicio.

Es posible que previamente se haya solicitado por las partes la emisión de un informe psicosocial elaborado por psicólogos, que evalúa las habilidades parentales, las necesidades de los menores y determina el régimen de custodia más adecuado.

Este informe se realiza después de que el profesional se reúna con las partes y los menores. Si se lleva a cabo este informe, se realiza antes del juicio y como éste depende en gran medida de lo que se recoja en él, se demorará el procedimiento judicial.

En estos casos es posible instar el procedimiento llamado de medidas provisionales, que pretenden regular la situación familiar hasta que se resuelva el procedimiento principal y se emita el informe psicosocial.

Estas medidas provisionales se resuelven en un juicio en el que una vez las partes plantean sus argumentos y pruebas, el Juez dicta Sentencia con las medidas a adoptar de forma provisional, que estarán vigentes hasta que se resuelva el procedimiento principal mediante Sentencia.

Aspectos diferenciales en una separación judicial de parejas que no contrajeron matrimonio

Son varios los puntos que hay valorar a la hora de comenzar un proceso legal de separación de parejas de hecho. Te los desgloso de forma detallada a continuación.

¿Cuánto tipo dura el proceso de separación?

Es complejo determinar la duración exacta de un proceso de separación, ya que está muy relacionada con la carga de trabajo de los Juzgados y con la complejidad de cada caso en particular.

En cualquier caso, la separación de mutuo acuerdo suele ser considerablemente más rápida en comparación con la separación contenciosa. Dado que ambas partes habéis acordado previamente los términos de la separación, el proceso se agiliza.

La separación contenciosa tiende a ser más prolongada debido a la naturaleza litigiosa del proceso pues, en ella se practican pruebas que lo demoran.

¿Qué documentos necesito para tramitar la separación judicial?

Si la separación de parejas de hecho es de mutuo acuerdo, harán falta, únicamente, los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento de los hijos.
  • Certificado de empadronamiento de las partes
  • Convenio regulador.

Si la separación es contenciosa serán necesarios:

  • Certificado de nacimiento de los hijos
  • Certificado de empadronamiento
  • Documentos que demuestren la propiedad de bienes muebles e inmuebles (por ejemplo, el certificado de registro de la propiedad de la vivienda)
  • Documentos económicos (por ejemplo, nóminas o declaraciones de IRPF)
  • Certificados bancarios (por ejemplo, justificantes de existencia de cuentas corrientes)

En este tipo de separación, la documentación a adjuntar dependerá principalmente de las circunstancias familiares que necesitemos acreditar. Por ejemplo, si estamos discutiendo principalmente aspectos económicos como la pensión de alimentos, necesitaremos mucha más prueba económica que si estamos discutiendo principalmente el régimen de custodia. Será tu abogado experto en divorcios quien, atendiendo a la estrategia que se pretenda seguir, te dirá qué documentos se necesitan.

¿Cuál es el primer paso para proceder a la separación?

Si has tomado la decisión de separarte de tu pareja, es importante que medites las principales decisiones que deberás adoptar. Algunas de estas decisiones pueden ser:

  • Dónde y con quién residirán vuestros hijos
  • Cómo distribuiréis los tiempos con vuestros hijos
  • Qué hacer con la vivienda familiar
  • Cómo contribuir a los gastos de los hijos
  • Cómo repartir los gastos de los bienes comunes



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