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Los accidentes denominados por choque son aquellos en los que un vehículo colisiona con otro. Cuando hablamos de colisiones traseras nos referimos a que el impacto del vehículo al que se le producen los daños ocurre en la parte trasera.

Este impacto por un lado causa daños en el vehículo en sí y por otro, daños en objetos que se encuentran en el interior del mismo. Pero si hay algo característico de este tipo de accidentes, son las lesiones físicas en el conductor y/o en los pasajeros del vehículo afectado.

Daños materiales

Los daños materiales, especialmente los del vehículo, son fácilmente reconocibles y atribuibles al suceso pero con los daños de los enseres que se encuentran allí no ocurre lo mismo, por ejemplo, si en el impacto el teléfono móvil, el reloj, las gafas se rompen, el conductor del vehículo causante (a través de su aseguradora) tendrá que responder por ello.

¿Cómo puedo solicitar que se me indemnice por el enser que se rompe o estropea en el siniestro?

Tenemos varias opciones fundamentales:

1. Solicitar la reparación del mismo.

2. Repararlo nosotros y reclamar la factura de lo que nos ha costado.

3. Si no es reparable, solicitar el importe, que en este caso se tendrá en cuenta la depreciación del mismo a la hora de cuantificar cuánto se abonaría por ello (esta cuestión resulta siempre controvertida, ya que cada parte suele estimar una cuantía muy distinta para el mismo).

Daños físicos

Respecto a los daños físicos, hay que tener en cuenta que  algunos aparecen o más bien se agravan pasados unos días, es necesario que tanto el conductor como los pasajeros ante la simple molestia corporal acudan inmediatamente a un servicio de urgencias para que un facultativo los reconozca objetivamente.

Esto es importante, ya que a la hora de reclamar daños físicos tiene que existir una causalidad entre el accidente y el daño.

De lo contrario, si se deja pasar el tiempo para acudir al médico es probable que aunque el accidente sea el causante de las lesiones no se tenga en cuenta por la ruptura del nexo temporal de la causa con el efecto. El plazo máximo se encuentra en las 72 horas, teniendo en cuenta que hablamos de horas y no de días hay que estar muy atento a las horas que aparecen en los partes de accidente y urgencias.

EL LATIGAZO CERVICAL (El daño más frecuente)

En este tipo de impactos, aunque la variedad de posibilidades respecto a sufrir lesiones es elevada, la zona corporal que se suele ver más afectada es en primer lugar el cuello y en segundo lugar la espalda.

La dolencia más frecuente es el latigazo cervical, el cual es una hiperextensión seguida de una flexión brusca y forzada del cuello que puede afectar a distintas partes de la columna, aunque su mayor dolencia se encuentra en el cuello.

 Los síntomas más habituales son dolores de cabeza, dolor intenso, dificultad de mover el cuello, mareos, vértigos y ansiedad. En algunos casos llega incluso a dejar secuelas.

¿Cómo reclamo los daños físicos?

Una vez tenemos el diagnóstico de urgencias, sabremos inicialmente la gravedad de la dolencia, pero realmente nos haremos distintas preguntas cruciales para la reclamación pero que no podemos saber hasta que veamos la evolución y la finalización de la curación, las más frecuentes  son: 

  • ¿Cuánto tiempo estaré de baja?
  • ¿Cuánto tiempo estaré con tratamiento?
  • ¿Qué síntomas desaparecerán primero?
  • ¿Cuánto tendré que abonar por medicamentos y transporte a rehabilitaciones?
  • ¿Me dejará secuelas?

En primer lugar hay que tener claro que existe un baremo para valorar el tipo de dolencia y el tiempo que se ha estado en cada una de las situaciones.

Por otro lado, lo más habitual es necesitar fisioterapia, estos tratamientos se pueden reclamar si han tenido coste incluidos los medicamentos y los transportes para acudir a los centros.

Lo habitual es que aunque la reparación del automóvil sea más rápida cuando hablamos de daños físicos lo más óptimo es reclamarlos cuando se ha completado el periodo de curación (estimando secuelas si así fuere). Al realizar la reclamación, a través de nuestra aseguradora, mediante un abogado o de forma particular, la aseguradora del vehículo causante enviara una oferta motivada (con un cheque) si los reconoce o una contestación negativa en la que especifiquen que no se hacen cargo mediante motivación.

¿Qué hago si la cuantía que me ofrecen no cubre todos los días que he estado curándome, no me han incluido gastos o me lo han denegado?

En estos casos es recomendable acudir a un especialista que estudie las características del caso particular.

Ahora bien, es importante saber que no tenemos obligación de “conformarnos” con la cuantía de esa oferta motivada y podemos oponernos, lo que iniciaría un proceso de negociación en la que se estudia la documentación médica o periciales y  ambas partes exponen sus controversias. Ya, si fuera esta negociación infructuosa entonces solo quedaría emprender acciones legales mediante una demanda y que un Juez decida sobre el asunto.

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