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Hoy, 25 de abril, hemos conocido una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sobre la prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios. Y, nuevamente, se trata de un golpe para la banca y un impulso para los hipotecados en España. 

Principalmente, la justicia europea ha venido a responder a la pregunta ¿cuándo debe comenzar a correr el plazo de prescripción para que el consumidor pueda reclamar al banco la devolución de los gastos hipotecarios? Pues bien, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido contundente en su sentencia y determina que el plazo para reclamar la restitución de los gastos hipotecarios, indebidamente abonados, comienza a contar cuando un juez reconoce la nulidad de la cláusula de gastos. Es decir, sólo a partir de la firmeza de esa resolución, el consumidor, como destinatario de la sentencia, tiene un conocimiento cierto de la irregularidad de esa cláusula y de sus consecuencias.



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