lawandtrends canal de whatsapp

LawAndTrends



[…] la información debe permitir al consumidor medio comprender el producto ofertado

¿QUÉ ES UNA TARJETA REVOLVING?

Nuestro Tribunal Supremo lo define de la siguiente forma:

El crédito revolving es un crédito al consumo con interés, de duración indefinida o de duración definida prorrogable de forma automática, concedido a personas físicas, en el que el crédito dispuesto no se satisface en su totalidad al final del período de liquidación pactado.

El consumidor puede disponer hasta el límite del crédito concedido sin tener que pagar la totalidad de lo dispuesto en un plazo determinado, sino que reembolsa el crédito dispuesto de forma aplazada sin una duración determinada, mediante el pago de cuotas periódicas cuyo importe puede consistir en una cantidad fija o en un porcentaje de la cantidad dispuesta, siendo habitual que la entidad financiera fije, por defecto, una cantidad o un porcentaje bajo, lo que alarga significativamente el plazo de amortización y supone la generación de una gran cantidad de intereses al amortizarse poco capital en cada cuota.

Explicado de forma breve, es una modalidad de tarjeta de crédito de pago aplazado con intereses muy elevados, en virtud de la cual el dinero de que se dispone mes a mes se devuelve muy poco a poco (suelen ser pequeñas cuotas fijas al mes), pero con intereses muy elevados (por ejemplo, TAE 19,87%). De modo que, la deuda nunca se acaba.

CONTEXTO

En España es incalculable el número de personas que tienen tarjetas revolving, en muchos casos porque ni siquiera en el contrato que firmaban se establecía que el consumidor estaba contratando una tarjeta revolving, tal y como explicaremos más adelante.

Por este motivo, nuestro Alto Tribunal, el pasado 30 de enero de 2025 dictó dos sentencias de gran relevancia para los consumidores en relación con las tarjetas revolving y los criterios que deben fijar los Juzgados para declarar abusivos los intereses de las tarjetas revolving por falta de transparencia.

¿QUÉ HA DICHO EL TRIBUNAL SUPREMO EN ESTAS DOS SENTENCIAS?

  1. La información que se facilite al consumidor antes de celebrar el contrato debe ser transparente en su contenido, forma de expresión y ubicación en el documento.
  2. El contrato también debe contener el funcionamiento concreto del mecanismo de recomposición del capital y su influencia en la liquidación de los intereses y en la amortización del capital dispuesto.
  3. Igualmente, debe informarse de la relación entre la elevada TAE, el mecanismo de recomposición del capital y las demás cláusulas con trascendencia en la creación de los riesgos descritos. De modo que el consumidor pueda valorar las consecuencias económicas que se deriven para él antes de la firma del contrato de tarjeta revolving.

En consecuencia, entiende nuestro Alto Tribunal que, aunque la falta de transparencia no supone automáticamente que una cláusula contractual sea considerada abusiva, si no se cumplen con estos requisitos, se estará generando un grave desequilibrio al consumidor y es muy probable que sea declarada abusiva.

¿QUÉ CARÁCTERÍSTICAS TIENEN ESTE TIPO DE TARJETAS?

  1. La deuda es infinita porque se dispone de más dinero en el crédito que el que se paga mes a mes.
  2. Los intereses que se generan son muy elevados debido a que la TAE es muy alta y la amortización del capital en cada cuota escasa.
  3. Se prolonga indefinidamente el pago de la deuda por la capitalización de intereses y las comisiones en caso de impago.

ENTONCES, AUNQUE YO FIRMÉ UN CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO CON PAGO A FIN DE MES SIN INTERESES, ¿PUEDO TENER UNA TARJETA REVOLVING?

La respuesta es que .

Tenemos varios clientes que nos han pedido revisar su contrato de tarjeta de crédito porque sospechaban que podían tener una tarjeta revolving y nos hemos encontrado con que, aunque en su contrato se indicaba que adquiría una tarjeta de crédito con pago a fin de mes sin intereses, pero en los recibos se podía ver perfectamente como se les estaba aplicando un pago aplazado con unos intereses muy elevados (por ejemplo, 20,67% TAE) que no habían contratado.

¿CÓMO PUEDO SABER SI MI TARJETA DE CRÉDITO ES REVOLVING?

En primer lugar, te recomendamos que revises el contrato y si no pone nada, , revisa los recibos mensuales dónde podrás ver si te aplican una TAE o hablan de pago aplazado con intereses.

No obstante, también puedes contactar con nuestro despacho, García Cámara Abogados, y revisaremos gratuitamente tu contrato y recibos. Y si tuvieras una tarjeta revolving, haremos un estudio de viabilidad totalmente gratuito para informarte sobre tu caso particular.

Espero haber resuelto tus incógnitas sobre esta cuestión. No obstante, no dudes en contactar con García Cámara Abogados si quieres más información. Estaremos encantados de ayudarte.

 




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad