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Las medidas establecidas en el convenio regulador en un divorcio o separación pueden ser modificadas cuando las circunstancias de las partes implicadas cambian. 

Esta modificación del convenio regulador se realiza con un proceso legal mediante el cual se cancelan las anteriores que no se ajustan a la realidad, y se ponen en vigencia las nuevas. La asesoría profesional de abogados para la modificación de medidas es fundamental para el procedimiento.

¿Cuáles son las condiciones para solicitar la modificación de medidas?

La modificación de medidas está regulada por el Código Civil. El artículo 90.3 establece la posibilidad de modificar legalmente las medidas vigentes después de una separación o divorcio. 

Esta norma jurídica dispone como condición que dicho cambio obedezca a las nuevas necesidades de los hijos o al cambio de circunstancias de los cónyuges. Es decir, que no se aprobarán modificaciones de medidas promovidas únicamente por la voluntad de los cónyuges. Será necesario acreditar que las circunstancias han cambiado y que estos cambios exigen nuevas medidas.

¿Qué condiciones debe tener el cambio de circunstancias?

Con respecto al cambio de circunstancias, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:

Ø Los cambios deben ser trascendentes. Tienen que afectar la vida de las personas en las que inciden las medidas, adultos o menores, hasta tal punto que se requiera la modificación de las medidas.

Ø El contexto que existía en el momento en que se acordaron o dispusieron las medidas debe haber cambiado. Los cambios pueden ocurrir:

  • En la vida de los padres. Por ejemplo, variaciones de ingresos, cambio de lugar de residencia, nuevas condiciones de trabajo, nuevas parejas o hijos.
  • En la vida de los hijos: mayoría de edad, enfermedades, necesidades de estudio, por ejemplo.

Ø El cambio de circunstancias debe ser permanente, sin previsiones de vuelta a la situación anterior. No se solicita modificación de medidas por cambios transitorios o puntuales.

Ø Las nuevas medidas solicitadas deben atender principalmente al interés superior de los hijos menores.

¿Cómo es el proceso para solicitar la modificación de medidas?

El proceso se realiza en varios pasos. Es aconsejable contar con el asesoramiento legal desde el inicio, pues cada acción tiene que ajustarse a requerimientos legales que un abogado especialista en divorcios conoce.

Los pasos son los siguientes:

1. Acuerdo amistoso

Si ambas partes están de acuerdo con los cambios que se desean realizar, pueden buscar una modificación de medidas por mutuo acuerdo. En este caso, el abogado contribuirá a redactar un nuevo convenio regulador y lo presentará ante el juez.

2. Elaboración y presentación de la demanda

Si no se consigue un acuerdo amistoso, la parte interesada puede presentar una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado de Primera Instancia que tramitó el divorcio original. En la demanda, se deben exponer los cambios que se solicitan y las razones para ello.

3. Admisión y notificación

Si la demanda es admitida, el juzgado notificará a la parte contraria de la demanda. La persona dispondrá de un plazo de 20 días para contestar. Asimismo, si hay menores, se dará participación al Ministerio Fiscal.

4. Audiencia previa y mediación

Una vez presentada la demanda, el juez citará a ambas partes a una audiencia donde se intentará llegar a un acuerdo. En algunos casos, el juez puede ordenar la mediación familiar con el fin de intentar alcanzar el acuerdo.

5. Juicio

Si no hay acuerdo posible durante la audiencia previa o la mediación, se celebrará el juicio. En él, ambas partes presentarán sus argumentos y pruebas y el juez tomará una decisión.

6. Sentencia

Una vez finalizado el juicio, el juez emitirá una sentencia que confirmará o denegará la modificación de medidas solicitada. Es obligatorio que ambas partas cumplan con esta sentencia.

En cualquier etapa del proceso, y hasta el momento del juicio, las partes pueden llegar a acuerdos.

¿Cuáles son los cambios más frecuentes que se solicitan para la modificación de medidas?

Las medidas afectadas por la solicitud de modificación tienen que estar vinculadas a las razones que se argumenten para pedir los cambios. Las modificaciones más frecuentemente solicitadas por su impacto en la vida de las personas son las siguientes:

Cambios en la patria potestad de los menores

Es una modificación que se solicita cuando se constata la incapacidad de ejercer adecuadamente las responsabilidades de quien tiene la patria potestad

Cambios de guarda y custodia

Se puede solicitar modificar la guarda y custodia y pasar del régimen custodia compartida a monoparental o viceversa. Cambios en las situaciones personales, laborales o económicas de uno de los cónyuges que afecten su capacidad de cuidar al menor, pueden ser motivos para solicitar estos cambios.

Puede ocurrir que el cónyuge que no tenía disponibilidad económica para una custodia compartida, mejore su situación y solicite un cambio en la custodia.

Cambios en la pensión de alimentos o pensión compensatoria

Es uno de los cambios que más frecuentemente se solicita. En ocasiones, la persona que paga estas pensiones sufre una disminución significativa en sus ingresos o pérdida de un empleo, y solicita el cambio. Otras veces sucede lo contrario, mejoran considerablemente los ingresos y el otro cónyuge solicita aumento.

Cambios en el uso de la vivienda familiar

Existen varias razones por las que se puede solicitar la modificación de esta medida. Entre ellas: uso abusivo de la vivienda, cambio en la custodia de los hijos, necesidad de la vivienda por el cónyuge a la que no se atribuyó, mayoría de edad e independencia de los hijos.

En todos los casos, para iniciar el proceso de solicitud de modificación es necesario reunir las pruebas que permitan comprobar que los argumentos son válidos.

Tanto en situación de acuerdo para la modificación de medidas, como en proceso judicial, es muy importante contar con un abogado especialista. El profesional dará los pasos necesarios ante el juzgado e informará a su cliente sobre las opciones más convenientes.




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