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Te explicamos todo lo que debes saber sobre la prórroga del Plan Moves III para la compra de vehículos eléctricos. ¡Sigue leyendo!

En diciembre el Gobierno amplió el plazo de vigencia del Plan Moves III hasta el 30 de junio de 2025. Te explicamos en qué consiste, quién puede acogerse y qué vehículos se pueden comprar con las ayudas.

¿Quién puede acogerse al Plan Moves III?

Podrán ser destinatarios de las ayudas:

  • Personas físicas mayores de edad, o menores de edad con discapacidad, con residencia fiscal en España.
  • Y las personas jurídicas constituidas en España.

¿Qué vehículos se pueden comprar a través del Plan Moves III?

Los vehículos deben tener pegatina ECO o CERO (es decir, híbridos enchufables, eléctricos o de hidrógeno). También se pueden subvencionar la instalación de infraestructuras de recarga.

Además, los vehículos deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes:

  • Turismos.
  • Furgonetas o camiones ligeros.
  • Cuadriciclos ligeros y pesados.
  • Motocicletas de más de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto no exceda de una tonelada.

Los vehículos pueden ser comprados, adquiridos por financiación por leasing o arrendados por renting de vehículos nuevos.
 

Importe de las ayudas del plan Moves III

El importe de las ayudas está regulado en la Ley y va en función del vehículo y del destinatario. Además, estas aumentarán en caso de que se entregue un coche para achatarrar.

  • Híbrido enchufable con una autonomía en modo eléctrico entre 30 y 90 KM y cuyo precio sin IVA no supere los 45.000 €, podrán recibir ayudas de 2.500 € sin achatarramiento y de 5.000 € con achatarramiento.
  • Coche 100% eléctrico con autonomía superior a los 90 KM y cuyo precio no sea superior a los 45.000 € sin IVA y a los 53.000 € en caso de que sea un turismo de 8 plazas, podremos gozar de una ayuda de 4.500 € sin achatarramiento y de 7.000 € con achatarramiento.
  • Turismo con pila de combustible (no hay límite de precio), las ayudas proporcionadas son de 4.500 € sin achatarramiento y de 7.000 € con achatarramiento.

Los importes de ayuda anteriormente citados podrán verse incrementados en un 10% en los siguientes casos:

  • Adquisiciones de vehículos turismos, por parte de destinatarios discapacitados.
  • Vehículos comerciales ligeros adaptados y matriculados a nombre de autónomos con discapacidad.
  • Personas físicas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes (el empadronamiento deberá mantenerse al menos dos años).
  • Autónomos con actividad física que destinen el vehículo al uso de Taxi y VTC.

¿Cómo son las ayudas por implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos?

Para autónomos, particulares, comunidades de propietarios y administraciones sin actividad económica: 70% del coste. Podrá alcanzar el 80% si se encuentran en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Empresas y entes públicos con recarga de acceso público y potencia mayor 50 kW: 20 % del coste. Podrán incrementarse un 20% en el caso de las ayudas concedidas a medianas empresas y en 30% si las ayudas van a pequeñas empresas.

Empresas y entes públicos con actividad económica recarga acceso privado o acceso público con potencia menor 50kW: 20 % del coste. Podrá incrementarse en 10 puntos en el caso de medianas y pequeñas empresas. Y si esas medianas o pequeñas empresas se encuentran en municipios de menos de 5.000 habitantes, la ayuda podrá incrementarse 10 puntos más.

Pymes que se acojan a minimis en el momento de hacer la solicitud. Recarga acceso público y potencia mayor 50kW: un 45% a la mediana empresa y un 55% a la pequeña empresa. Si están en municipios mayores de 5.000 habitantes, 50% a la mediana empresa y 60% a la pequeña empresa.

Es importante aclarar que el Plan Moves II es incompatible con otras subvenciones o ayudas.




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