La Región de Murcia ha concluido los procesos de estabilización de empleo público, adjudicando miles de plazas en sanidad, educación, administración general y entidades locales. Aunque estos procesos han supuesto un paso importante para la reducción de la temporalidad, también han generado controversia jurídica debido a los efectos sobre diferentes colectivos de interinos: aquellos que han sido cesados tras la cobertura de sus plazas, los que siguen en situación de temporalidad y los que, tras años de abuso, han conseguido una plaza fija sin recibir compensación alguna.
A través de los concursos de méritos y oposiciones previstos en la Ley 20/2021, la estabilización del empleo público en Murcia ha supuesto la adjudicación de:
- Más de 1.300 plazas en el Servicio Murciano de Salud (SMS).
- Más de 2.200 plazas en educación, regularizando la situación de miles de docentes.
- Cerca de 600 plazas en la Administración General de la Comunidad Autónoma.
- Un número significativo de plazas en entidades locales, incluyendo ayuntamientos y organismos públicos.
Sin embargo, la temporalidad no ha desaparecido. En educación, la tasa de interinidad sigue muy por encima del 8% recomendado por la Unión Europea. Además, miles de interinos han quedado fuera del proceso, mientras que otros han consolidado su plaza sin recibir compensación por décadas de inestabilidad laboral.
Este contexto ha generado un intenso debate jurídico sobre las posibles indemnizaciones que podrían corresponder a quienes han sufrido un abuso de temporalidad.
El TSJ de Murcia reconoce el derecho a indemnización tras la estabilización
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) ha reforzado el derecho de los interinos a recibir una compensación económica por el abuso de la temporalidad, estableciendo que los interinos cesados tras un proceso selectivo pueden reclamar indemnización, incluso si posteriormente continúan trabajando en la administración con otro contrato temporal.
En el caso analizado, una trabajadora encadenó nombramientos temporales durante años, realizando funciones estructurales. El tribunal determinó que se había producido un abuso de la temporalidad y, en consecuencia, reconoció su derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades.
Desde Unive Abogados, consideramos que esta resolución confirma lo que ya ha sido reconocido en diversas sentencias autonómicas: los interinos afectados por procesos de estabilización tienen derecho a una compensación por el abuso sufrido, independientemente de que hayan obtenido una plaza fija o hayan sido cesados.
Esta sentencia se suma a otras resoluciones que han reconocido el derecho a indemnización en procesos de estabilización en comunidades como Madrid, Cataluña, País Vasco o Castilla y León, fortaleciendo así una doctrina favorable a los empleados públicos afectados.
El Tribunal Supremo rechaza la fijeza, pero el TJUE sigue respaldando la indemnización
Recientemente, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencias en las que reitera que los interinos que han sufrido abuso de temporalidad no pueden ser convertidos en funcionarios de carrera ni recibir indemnizaciones superiores a las establecidas en la Ley 20/2021 y la Disposición Adicional 17ª del EBEP.
Sin embargo, esta postura choca con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que insiste en que el abuso de la contratación temporal debe sancionarse con medidas efectivas y disuasorias, estableciendo que los afectados tienen derecho a una compensación económica.
Según Unive Abogados, estas sentencias del TS no agotan el debate jurídico, ya que el TJUE ha dejado claro que la estabilización no exime a las administraciones de indemnizar a los afectados por la temporalidad abusiva. Por ello, seguiremos impulsando nuevas cuestiones prejudiciales ante el TJUE y recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, con el objetivo de garantizar la protección efectiva de los interinos perjudicados.
El TJUE y la ampliación del derecho a indemnización
Más allá del ámbito nacional, la sentencia del TJUE del 13 de junio de 2024 refuerza la idea de que la mera convocatoria de un proceso de estabilización no exime a la administración de compensar el abuso de temporalidad.
Esto significa que la estabilización de los interinos no borra el abuso previo, y que tanto los interinos cesados como los que han consolidado su plaza tras años de contratos temporales pueden reclamar indemnización.
Además, el TJUE ha establecido que el derecho a reclamar nace con la publicación de una sentencia que lo reconozca, por lo que los afectados disponen de un plazo de un año para iniciar su reclamación.
Unive Abogados insta a todos los empleados públicos afectados a revisar su situación y valorar la posibilidad de interponer una reclamación, ya que el tiempo para actuar es limitado.
Conclusión: la estabilización no cierra el debate sobre indemnizaciones
Murcia ha dado un paso importante en la reducción de la temporalidad en sus administraciones, pero el proceso no está exento de consecuencias. Miles de interinos han sido cesados, y otros han consolidado su plaza tras décadas de contratos temporales, lo que abre la puerta a reclamaciones en base a la jurisprudencia nacional y europea.
En opinión de Unive Abogados, "reiteramos que la estabilización no exime a las administraciones de sancionar el abuso de temporalidad y que el derecho a indemnización sigue vigente, tal como han reconocido los tribunales europeos y nacionales".
Ahora queda por ver si la administración murciana asumirá una postura proactiva en este asunto o si serán los tribunales quienes, caso por caso, continúen reconociendo el derecho de los trabajadores públicos afectados.