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Se trata de un asunto de estos que a veces tenemos que llevar por compromiso con el cliente que en este caso es un familiar. Y parece que el asunto empieza un poco gafado. Se trata de un despido, por lo que presenté la demanda a primeros de agosto que es hábil para este tipo de procedimiento.

A fecha de hoy, ni tan siquiera se ha admitido aún la demanda a trámite y la primera noticia que tengo del Juzgado, tras pasarme por allí a dar la lata, me ha llegado esta semana. La cosa es que sigue sin admitirse a trámite, pero me obsequian con una diligencia que es para poner en un marco. Adjunto el párrafo estrella. La Letrada de la Administración de Justicia, me informa de que el art. 275 de la LEC dice que en el caso de no haberse aportado copias de la demanda, se “hará notar” a la parte, que tendrá que subsanar en 5 días… Pero curiosamente, no me requiere a nada en concreto. Sólo me informa de lo que dice el precepto legal, cosa que por cierto ya sabia que para eso se supone que algún día me leí la Ley. La Letrada, es escrupulosa al facilitar la información, puesto que transcribe milimétricamente el texto legal, pero nada más. Y nada más viene a significar aquello de que “me lo dices o me lo cuentas” o algo parecido. Pues mire Vd. Sra. Letrada, gracias por la info…, pero ¿qué pasa con mi demanda? que resulta lleva tres meses durmiendo el sueño de los justos. Parece que es más importante decirme lo que ya se que dice el art. 275, que requerirme a que haga algo, si es que tengo que hacerlo… Total, que tengo que llamar al Juzgado para preguntar si debo interpretar la diligencia en el sentido de que me requieren para aportar las odiosas copias. La funcionaria que me atiende, muy amable, por cierto, me dice que si, que debo interpretar la diligencia en este sentido. Y entonces yo le digo: es que mire Vd., yo ya presenté las copias en septiembre. Y me contesta, ah!.. bueno, pues entonces no hace falta que las presente… es que yo acabo de tomar posesión y resulta que no sabemos donde guardaba estas cosas la compañera que estaba antes… pero no se preocupe que con lo que me dice ya le admitimos la demanda. Le agradezco su atención y aún así le digo que le presentaré un escrito acompañando el resguardo de presentación de las copias, no sea que luego me tengan la demanda por no presentada.

En pocas palabras: Tres meses para que me digan lo que ya se que dice la Ley… y resulta que parece que han extraviado las copias que ya había presentado. Y más fuerte, aún a pesar de que me lo han hecho notar, luego resulta que si no cumplimento la diligencia, tampoco parece que vaya a pasar nada y mientras tanto la demanda va siguiendo su aletargado curso. Estoy ansioso por saber para cuando me señalan el juicio, aunque igual solo me lo hacen notar. Vaya Vd. a saber.




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