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Un holding es una sociedad de cartera o sociedad de control que se configura como una persona jurídica cuyo objeto social principal consiste en la tenencia de una cuota del capital en otras sociedades, a través de la titularidad de acciones o participaciones, suficiente para detentar su control. Se trata pues, de conformidad con el Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio, de una sociedad dominante de un grupo de sociedades que ostenta o puede ostentar directa o indirectamente el control de otra u otras. Así, se presume que existe control cuando una sociedad, que se calificará como dominante, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en algunas de las siguientes situaciones:



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