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Según se indica en la consulta se trata de una sociedad inmobiliaria de renta vacacional que cobra a los huéspedes el impuesto turístico (IVA incluido) y en el período siguiente paga el impuesto a Hacienda y la cuestión que se plantea es si debe declarar el cobro del impuesto como un ingreso propio o como un cobro por cuenta de Hacienda, así como su contabilización.

Como ya se ha indicado, la contestación a la presente consulta se realiza desde un punto de vista contable, ya que este Instituto no tiene competencias sobre cuestiones de naturaleza fiscal, por lo que en lo que respecta a la declaración del impuesto deberá consultar con los organismos competentes de la Administración Tributaria, si bien se hará referencia a la normativa que regula dicho impuesto.



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