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Vitoria, 13 mar (EFE).- Podemos Euskadi ha llegado a un acuerdo con PNV y PSE-EE para aprobar la reforma fiscal en el País Vasco, con 27 medidas pactadas que afectan a la obligación de declarar, a las deducciones de vivienda, a las EPSV o al Impuesto de Sociedades.

Estas son las diez principales:

1/ La obligación de declarar se eleva 20.000 euros, lo que supone que 342.500 personas con rentas inferiores a esa cantidad no tendrán que presentar declaración si no quieren, una medida que afecta directamente a las personas que cobran el Salario Mínimo Interprofesional. En el Estado la intención es que los que cobran el SMI sí tengan que presentarla.

2/ Más de 8.000 personas que pagan alquiler y que tienen rentas muy bajas, inferiores a 20.000 euros, se podrán deducir un 35 % de lo que abonan por alquiler, con un límite de hasta 2.800 euros, aunque para recibirlo tendrán que presentar la declaración.

3/ Un total de 107.000 autónomos, microempresas y pequeñas empresas van a poder deducirse un porcentaje mayor en sus de gastos.

4/ Se establece un límite de renta en 68.000 euros para la aplicación de la deducción del alquiler y de la deducción por adquisición de vivienda, es decir, todas las personas que ganen más de esa cantidad no podrán acceder a las deducciones vigentes hasta ahora.

El matiz es que se aplicará solo a los nuevos contratos, de manera que las personas que se hayan comprado un piso ya en años anteriores podrán seguir con su deducción por la adquisición aunque ganen más de 68.000 euros.

5/ También se va a elevar el recargo del IBI al 150 % para viviendas vacías en Álava y Bizkaia.

6/ Las rentas de capital procedentes de acciones, bonos, inmuebles o participaciones en sociedades, que se recogen en forma de intereses, dividendos, plusvalías o rentas inmobiliarias van a pagar más, ya que el tratamiento de las rentas de capital pasará de un máximo de un 25 % de tributación a un 28 %.

7/ Aumenta la tributación en los rescates en forma de capital (de golpe, no una renta de mes a mes) de las EPSV.

8/ Se incrementan los tipos a las grandes empresas, con un incremento del Impuesto de Sociedades por beneficios extraordinarios, de forma que habrá un incremento del tipo de forma escalonada del 24 al 28 % para las grandes empresas que hayan obtenido beneficios extraordinarios, y a partir del 35 % de la media de los 3 ejercicios anteriores.

También habrá un incremento de la tributación efectiva mínima en sociedades pasando el 17 % actual al 19 % para las grandes empresas que no mantengan ni creen empleo ni realicen inversiones.

9/ Entrada en vigor en 2025 del nuevo impuesto a las entidades financieras, que hasta ahora no se aplicaba en Euskadi. También en las EPSV se limita el importe de la reducción conjunta, de 12.000 a 10.000 euros.

10/ Se pacta la remisión al Ministerio de Vivienda de la información disponible en las diputaciones forales para elaborar los índices de referencia con los cuales se topa el alquiler en los municipios tensionados.




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