Carpeta de justicia

LawAndTrends



  • Así interpreta el Tribunal de Justicia de la UE el Reglamento Europeo de Protección de Datos

La autoridad nacional de proteccion de datos de carácter personal tiene autoridad suficiente para ordenar el borrado de datos sin que ni siquiera lon haya solicitado el interesado. Una resolución del Tribunal de Justicia de la UE con sede en Luxemburgo aclara que el Reglamento Europeo de Protección de Datos de Carácter Personal faculta a las autoridades nacionales a velar por la intimidad incluso aunque el interesado no lo haya solicitado.

La resolución se produce tras la cuestión prejudicial presentada por un juzgado húngaro. Un ayuntamiento del país magiar solicitó al Tesoro información económica de sus ciudadanos para otorgarles o no ayudas sociales como consecuencia del covid19. La autoridad de protección de datos solicitó al Ayuntamiento que borrara los datos de aquellos que no habían solicitado la ayuda pero el Ayuntamiento se negó alegando que no habían solicitado la baja de los datos.

Luxemburgo resuelve que aunque no haya una solicitud del interesado, la solicitud de la agencia es suficiente para ejecutar el borrado y proteger adecuadamenmte la intimidad de los ciudadanos.

“Parece evidente que la información económica del Tesoro o de Hacienda no puede ser utilizada con fines ajenos a aquellos por los que se han obtenido. La información económica, financieras, patrimonial o fisca es especialmente sensible como la sanitaria y por eso requiere un plus de protección y un plus de castigo en caso de que no haya sido adecuadamente custodiada o que se haya violado la intimidad de los ciudadanos”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo.

“Luxemburgo está siendo especialmente sensible a la protección de datos de carácter personal. Recientemente también resolvió que el acceso a los antecedentes penales -aunque sea oralmente- sólo es posible tras acreditar interés legítimo. Y esto porque la intimidad es un valor y la protección del honor un mandato”, concluye el socio-director de navascusi.com




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad