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Siglo XXI. La sociedad se sustenta tecnológicamente en los “milenials”, testigos del cambio de milenio, y la “generación z”, nacida al abrigo del auge digital de los noventa. Dispositivos de telefonía móvil, tabletas, y ordenadores confluyen en el océano “infinito” de Internet que se nutre del caudal torrentoso de las redes sociales. Instrumentos de reconocimiento biométrico, drones voladores, impresoras 3d o vehículos autodirigidos emergen diariamente rebasando la delgada línea entre futuro y presente.
 
Los museos hacen ya acopio de los viejos ordenadores de sobremesa, los televisores de tubo, reproductores de video VHS, casetes, e incluso clásicas cabinas telefónicas. La humanidad ya no padece agorafobia, ahora sufre el mal de “FOBO”, en inglés Fear Of Being Offline, o miedo a estar desconectado. 
 
Sin embargo,  el crecimiento desenfrenado de las nuevas tecnologías amenaza con destruir las bases de nuestra civilización. ¿Dónde está el límite? ¿De verdad es necesario que los coches se conduzcan solos, las impresoras reproduzcan tornillos o utensilios, o que los robots hagan nuestro trabajo? ¿Qué haremos los humanos si llega ese momento? Disciplinas como la Filosofía o la Neurociencia son las que tradicionalmente han abordado estas cuestiones pero, ¿no es el Derecho el que tiene el deber de “ponerle puertas a este campo”? ¿O acaso los seres humanos nos dirigimos irremisiblemente a las catástrofes vaticinadas por películas como Terminator, Matrix, o Inteligencia Artifical?
 
Ya en el año 1942 Isaac Asimov planteó la necesidad de establecer tres leyes esenciales en el ámbito de la robótica:
 
1.- Un robot no hará daño a un ser humano o, por inacción, permitir que un ser humano sufra daño.
2.- Un robot debe obedecer las órdenes dadas por los seres humanos, excepto si estas órdenes entrasen en conflicto con la 1ª ley.
3.- Un robot debe proteger su propia existencia en la medida en que esta protección no entre en conflicto con la 1 o 2 ley. 
 
No obstante, éstas no han sido recogidas en un código o texto legal de verdadera aplicación quedando relegadas al ámbito de la ética. ¿Interesa que los robots puedan dañar a los humanos? En el aspecto militar, desde luego.
 
Y, sin ir tan lejos, ¿es legítimo que una máquina hábilmente programada rastree nuestros gustos, las páginas web que visitamos, compras realizadas, e incluso las calles por las que pasamos para sugerirnos todo tipo de artículos, vestimenta, o lugares de ocio? Está ocurriendo, y el debate está en la calle.
 
Voces autorizadas abogan ya por una clara distinción entre el Derecho de la Red y el Derecho de la Robótica augurando que en los próximos años asistiremos a la publicación de normas autónomas en ambos campos renunciando a la hasta ahora común aplicación analógica de otras leyes.
 
Mientras el Derecho de la Red se manifiesta a través de la normativa de protección de datos, el derecho al olvido, el comercio electrónico y la propiedad intelectual, el Derecho de la Robótica es aún más incipiente. Sobre este último, el proyecto de la Unión Europea“Robolaw” ha supuesto un hito importante al analizar las repercusiones éticas y legales de los robots y vehículos autodirigidos y sugerir principios orientadores para su regulación.
 
Es prioritario que las instituciones afronten el reto jurídico-digital más pronto que tarde. Cuestiones como la responsabilidad civil y penal de sistemas o aparatos controlados por programas informáticos, la jurisdicción aplicable, o la validez probatoria, entre otras,  merecen una respuesta actual y eficaz en armonía con sus aspectos éticos y sociales.



Comentarios

  1. Francisco

    Muy bueno, lo comparto con tu permiso, compañero

  2. Sofía

    Parece ciencia ficción, pero es una realidad que hay que afrontar. Es fundamental que las leyes se actualicen con los tiempos que vivimos. Interesante la pugna entre ética y derecho de la robótica. "Blade Runner" cada vez está más cerca. Un saludo

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