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Así lo recuerda la Sentencia del Tribunal Supremo (STS) nº 794/2024, de 19 de septiembre (Ponente: Excma. Sra. Dª. Ana María Ferrer García) que señala que:

«La doctrina de este Tribunal Supremo, sólida y reiterada, ha destacado que la convivencia con el traficante y el simple conocimiento y tolerancia sin prueba adicional son insuficientes para afirmar la coautoría en un delito de tráfico de drogas (entre otras SSTS nº 858/2016, de 14 de noviembre; nº 490/2014, de 17 de mayo; nº 714/2018, de 16 de enero de 2019). 

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