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  • La sentencia relata que era la única persona que entraba en su casa y tenía acceso a la libreta de ahorros, que solía dejar en la mesa del comedor

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a dos años y medio de prisión al acusado de un delito continuado de estafa informática con agravante de abuso de confianza por extraer 18.900 euros de su cuenta bancaria a través de cajeros. Además, deberá indemnizar al perjudicado con la cantidad sustraída y abonar las costas procesales.

La sentencia relata probado que el acusado tenía una relación de amistad con el denunciante, que era el hijo de su casero. En su vivienda guardaba una libreta con las claves para operar en los cajeros apuntadas. El acusado era conocedor de este hecho y, con claro ánimo de enriquecerse, aprovechando esta relación cercana y sabiendo que su amigo había ganado una gran cantidad de dinero en la lotería, fue a su casa y cogió su libreta, lo que permitió que entre el 20 de marzo y 1 de junio de 2022 realizase 21 reintegros de 900 euros cada uno procedentes de su cuenta bancaria. La cantidad total sustraída ascendió a 18.900 euros.

La defensa del acusado consideró vulnerada la presunción de inocencia además de existir una “cierta enemistad” entre ambos. “Hay que partir del hecho que la declaración de la víctima ha sido reiterada a lo largo de la instrucción y en la vista oral, carece de un sustrato de incredibilidad subjetiva, pese a los que dice el recurrente en su escrito, algo que no prueba mínimamente, siquiera argumenta cual sería esa supuesta enemistad y está corroborada por elementos periféricos” señalan los magistrados. Asimismo, el tribunal recuerda que el perjudicado afirmó que el acusado, cuyo padre le alquiló la vivienda en la que residía, estrechó su relación de amistad al conocer que le había tocado la lotería. Explicó que era la única persona que entraba en su casa y tenía acceso a la libreta de ahorros, que solía dejar en la mesa del comedor. Señaló que le acompañaba a todas partes y que en alguna ocasión, cuando iba a sacar dinero en el cajero bancario, le sorprendió cuando se quedaba detrás de él y le tuvo que decir que se retirara, algo que el acusado hacía evidentemente con el propósito de averiguar el número secreto o pin.

Los magistrados concluyen que “la sentencia de instancia hace una valoración lógica, racional y conforme a parámetros de normalidad social de los elementos indirectos existentes para alcanzar la inferencia que se plasma en la relación de hechos probados”.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo.




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