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  • Te explicamos todo lo que debes saber sobre las nuevas transferencias bancarias que ha aprobado el Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo ha aprobado recientemente y por una amplia mayoría, un nuevo Reglamento para garantizar que puedan realizarse transferencias bancarias de manera inmediata. Te explicamos todos los detalles.

¿Qué ocurría hasta ahora con las transferencias bancarias?

Hasta ahora, si un cliente ordenaba una transferencia, el dinero llegaba a la cuenta de destino al día siguiente hábil. La alternativa era ordenar una transferencia urgente (transferencias OMF) vía Banco de España, aunque esto conllevaba un coste bastante más elevado para el cliente.

Hay que tener en cuenta la “hora de corte”, es decir, el momento del día en el que el banco deja de emitir y ordenar transferencias. Esto implica que, dependiendo de la hora en la que el cliente realiza la transferencia, el dinero no llegará a la cuenta del beneficiario hasta dos días más tarde.

Por otro lado, cuando se trata de transferencias que se realizan a países no europeos, la operación puede demorarse entre 2 y 7 días, lo que resta agilidad a este tipo de operaciones.

¿Qué cambia el nuevo reglamento de transferencias bancarias?

El Reglamento aprobado ahora cambia radicalmente este panorama. Los bancos deberán garantizar que el dinero llegue a la cuenta del destinatario en 10 segundos, sin tener en cuenta el día ni la hora en que se ordene la transferencia. Además, el cliente será informado en otros 10 segundos si el dinero ha llegado al beneficiario de la transferencia.

¿Cuánto costarán las nuevas transferencias?

En la norma se contempla expresamente que los cargos que puede cobrar una entidad financiera no pueden ser superiores a los que viene aplicando para las operaciones de transferencia convencionales.

¿Hay cambios en la seguridad en las transferencias?

Este Reglamento implementa medidas para garantizar una mayor seguridad en este tipo de operaciones, obligando a las entidades a aplicar medidas para detener y prevenir posibles fraudes.

  • Se contempla la obligación por parte de las entidades financieras de establecer mecanismos, sin coste adicional para el cliente, que permitan verificar la identidad del destinatario de la transferencia.
  • También se debe verificar como si alguna de las partes implicadas está sujeta a algún tipo de sanción o restricción relacionada con cuestiones como el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
  • También se recoge, como garantía adicional, la posibilidad de que cliente fije un importe máximo para las transferencias instantáneas en euros, importe que se podrá modificar antes de realizar una nueva transferencia.

¿Cuándo se aplicarán estas nuevas transferencias?

La norma contempla un período transitorio para ser aplicado por los distintos países de la zona euro y para dar tiempo a las entidades financieras a adaptarse: nueve meses para estar listas para recibir transferencias inmediatas y 18 meses para enviarlas.

En definitiva, se trata de un conjunto de medidas que hay que valorar como muy positivas para el consumidor y muy especialmente para la actividad económica de las empresas que operan en la zona euro. A medio plazo va a permitir una importante agilización de este tipo de operaciones, acabando con las largas esperas para poder acceder al dinero transferido.




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