Carpeta de justicia

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  • Según el Real Decreto 1065/2007, no hay que declarar el patrimonio en el extranjero que no sea superior a 50.000 euros.
  • De superarse esta cifra, se debe informar a la Agencia Tributaria a través del Modelo 720.
  • Luis Martín, socio del despacho de abogados Abencys, explica a Business Insider España que en la Unión Europea hay total libertad de movimiento de capitales y personas, por lo que no hay un límite económico.



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