Finalmente ha sido aprobada la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero, que incluye el denominado Sandbox Fintech.
El Sandbox Fintech permite que proyectos innovadores en el sector financiero puedan solicitar la sujeción a un régimen especial temporal controlado por el Banco de España, la CNMV o la DGSFP, según el tipo de actividad, sin necesidad de contar con autorizaciones administrativas propias del régimen financiero actual.
El texto definitivo respecta en su mayoría el contemplado por el proyecto de ley aprobado en febrero de 2020.
Para acceder al Sandbox Fintech los proyectos que se presenten deberán aportar una innovación de base tecnológica aplicable en el sistema financiero en fase suficientemente avanzada para comprobar su utilidad. Además, el proyecto deberá aportar valor añadido en uno de estos aspectos:
- Facilitar el cumplimiento normativo,
- facilitar un beneficio a los usuarios de servicios financieros.
- aumentar la eficiencia de entidades o mercados, o
- facilitar mejoras en la regulación o mejor ejercicio de la supervisión financiera.
La solicitud de acceso al Sandbox Fintech debe realizarse, a través de un modelo normalizado, en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, que es la Autoridad Competente.
Esta solicitud debe incluir una memoria justificativa, en la que se explique proyecto, el cumplimiento de los requisitos antes expuestos y cómo se pretende garantizar la protección de los participantes (es decir, de los usuarios del servicio Fintech).
La Autoridad Competente, recibidas las solicitudes, las remitirá a los órganos supervisores (Banco de España, CNMV o DGSFP), para la emisión de un informe único favorable o desfavorable sobre la admisión inicial del proyecto en el Sandbox Fintech. Tras este primer informe, cada órgano supervisor resolverá sobre su área respecto de cada proyecto recibido, identificando las que aporten valor añadido conforme a los requisitos antes mencionados, bajo la coordinación de una comisión única. Tras ello, la Autoridad Competente publicará los proyectos admitidos.
La publicación de los proyectos admitidos no tendrá efecto alguno hasta que no se suscriba el protocolo de pruebas con la promotora de proyecto. Este protocolo se suscribirá por las autoridades supervisoras afectadas y el promotor, de modo que la actividad admitida en el Sandbox Fintech quedará regulada tanto por la Ley 7/2020 como por el protocolo.
Este protocolo describirá las condiciones en las cuales puede realizarse la actividad sujeta al sandbox y deberá incluir garantías para la protección de los participantes.
Finalizada la etapa de pruebas del proyecto se examinarán los resultados del sandbox y el promotor remitirá una memoria evaluando los resultados a las autoridades supervisoras que hayan seguido el proyecto. Asimismo, podrá solicitar la autorización administrativa que corresponda o la ampliación de la existente, bajo un régimen simplificado.
Por su parte, las autoridades supervisoras participantes emitirán unas conclusiones, que servirán a la Autoridad Competente, para analizar las posibilidades de simplificación de la normativa financiera y su remisión a las Cortes Generales.