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El Juzgado de lo Social n.º 3 de Vitoria-Gasteiz ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a abonar 13.374,42 euros a un jubilado que había solicitado el complemento por maternidad en su pensión. El importe incluye 11.574,42 euros en atrasos, correspondientes al período reconocido, y una indemnización de 1.800 euros por los daños morales causados debido a la discriminación en el acceso al complemento.

El complemento, que supone una revalorización del 5% de la pensión por tener dos hijos, fue inicialmente denegado bajo el argumento de prescripción. Sin embargo, el tribunal determinó que dicha negativa, emitida tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2019, vulneraba el derecho a la igualdad. Como resultado, el tribunal ha ordenado la reparación íntegra de los perjuicios sufridos.

Esta sentencia refuerza el derecho de los pensionistas a acceder a los complementos que les corresponden, garantizando además la compensación económica por los daños derivados de decisiones administrativas erróneas.

Diego Lahuerta, director de la sede de Unive Abogados en Bilbao, subrayó la importancia de este fallo en la defensa de los derechos de los pensionistas: “Esta sentencia no solo reitera que los derechos fundamentales deben prevalecer sobre las formalidades administrativas como la prescripción, sino que también garantiza que cualquier daño causado por decisiones discriminatorias sea reparado de manera justa y proporcional. Es una reivindicación del principio de igualdad como pilar esencial del sistema jurídico".

Lahuerta añadió: "El complemento por maternidad, como reconocimiento a la contribución demográfica, debe aplicarse sin distinción de género. Esta resolución reafirma la obligación de las administraciones públicas de actuar con rigor y equidad, ajustándose al marco normativo y evitando perjuicios innecesarios a los ciudadanos. Es un ejemplo claro de cómo la justicia puede corregir decisiones que afectan directamente a los derechos sociales de las personas




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