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El pasado 30 de diciembre de 2017 se publicó oficialmente el Real Decreto 1079/2017 que revaloriza y fija para el 2018 la cuantía de las pensiones en nuestro sistema público de la Seguridad Social.

Así, las pensiones se incrementan, por quinto año consecutivo, un 0,25%, el mínimo previsto legalmente desde que en el año 2013 se desvinculara del IPC. Su revalorización se ha sustituido por el conocido como índice de revalorización de pensiones (IRP), que contempla variables como el número de pensiones que se abonan o la diferencia entre ingresos y gastos de la Seguridad Social.

El poder adquisitivo de nuestros pensionistas se ve así profundamente mermado, pues esta revalorización del 0,25% de sus pensiones, es muy inferior al coste de vida, que ronda el 2%.

El importe de las pensiones para el 2018, quedaría de la siguiente manera:

1.- PENSIÓN MÁXIMA          =        2.580,13€/brutos al mes por 14 pagas.

2.- PENSIONES MÍNIMAS:

(Cuantías brutas mensuales a percibir en 14 pagas anuales)

 

CLASE DE PENSION

TITULARES

 

 

 

Con cónyuge a cargo

Sin cónyuge

Con cónyuge no a cargo

Jubilación:

 

 

 

Con 65 años

788,90€

639,30€

606,6€

Menos 65 años

739,40€

598€

565,2€

Con 65 años procedente de gran invalidez

1.183,40€

959€

910€

Incapacidad permanente:

 

 

 

Gran invalidez

1.183,40€

959€

910€

Absoluta

788,90€

639,30€

606,6€

Total con 65 años

1.183,40€

959€

910€

Total entre 60 y 64 años

739,40€

598€

565,2€

Total menor 60 años

397,60€

397,60€

390,20€

Parcial con 65 años

788,90€

639,30€

606,6€

Viudedad:

 

 

 

Con cargas familiares

 

739,40€

 

Con 65 años o discapacidad igual o superior al 65%

 

639,30€

 

Entre 6 y 64 años

 

598€

 

Menor de 60 años

 

484,10€

 

 

  • Pensión de Orfandad: por beneficiario 195,3€; si el beneficiario es menor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%, 384,4€. En caso de orfandad absoluta, los 195,3€ se incrementarán en 484,2€ más distribuidos entre todos los beneficiarios.
  • Pensión a favor de familiares: por beneficiario 195,3€. Si no existe ni viudo ni huérfano pensionistas: un solo beneficiario con 65 años 472,1€, menor de 65 años, 444,9€. Varios beneficiarios, el mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.044,60€/año entre el número de beneficiarios.

El límite de ingresos del pensionista para causar derecho al complemento por mínimos, en aquellas pensiones que no alcancen los importes mínimos antes indicados, es de:

- Sin cónyuge a cargo: 7.133,97€/año

- Con cónyuge a cargo: 8.321,85€/año

El importe de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez más conocido como SOVI, queda fijado para el 2018 en 409,2€/brutos mensuales por 14 pagas. En caso de percibirse SOVI más pensión de viudedad, el importe se fija en 397,2€/brutos mensuales por 14 pagas.

La prestación por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y de madres con discapacidad, queda fijada para el 2018 en 1.000€.




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