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La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), ha emitido un nuevo informe sobre la vulneración de los Derechos de Propiedad Intelectual durante el año 2019.

Se trata de la segunda evaluación sectorial sobre el coste económico de las falsificaciones y la piratería en sectores económicos clave, considerados vulnerables al incumplimiento de los Derechos de Propiedad Intelectual.

Según esta nueva estimación las pérdidas anuales debidas a la falsificación y la piratería, en 11 sectores económicos clave de la Unión Europea, ascienden a 56.000 millones de euros anuales.

En el análisis actualizado, las pérdidas globales suponen el 7,4 % del total de las ventas en los siguientes sectores: cosméticos y artículos para el cuidado personal, confección, calzado y accesorios, artículos deportivos, juguetes y juegos, joyería y relojería, bolsos de mano y maletas, grabaciones musicales, bebidas espirituosas y vinos, productos farmacéuticos, pesticidas y teléfonos inteligentes.

Dado que los fabricantes legítimos producen menos de lo que producirían si no existieran las falsificaciones, y por tanto, dan trabajo a menos personas, el análisis estima que en estos sectores se pierden hasta 468.000 puestos de trabajo en toda la UE.

En relación con España, las pérdidas anuales debidas a las falsificaciones y la piratería se calculan en 6.700 millones de euros, lo que equivale al 10,6 % de las ventas en los 11 sectores analizados.

En conjunto, el valor total de las ventas perdidas en España equivale a 146 euros anuales por cada ciudadano español, según el análisis realizado por la EUIPO.

A pesar de los datos expuestos, el estudio comparativo con el análisis realizado en el año 2018 muestra que las ventas perdidas se han reducido en la UE, en todos los sectores estudiados, salvo en los siguientes: confección, accesorios, calzado y cosméticos y artículos para el cuidado personal.

En el caso español, los sectores más castigados por perdidas de venta en España son:

  • Prendas de vestir (3808 millones de Euros)
  • Cosmética (839 millones de Euros)
  • Medicamentos (803 Millones de Euros)
  • Vinos y Espirituosos (438 Millones de Euros)
  • Smartphones (386 Millones de Euros)

¿Qué soluciones tenemos para paliar este grave problema?

El Reglamento (UE) no. 608/2013 determina las condiciones y procedimientos de intervención de las autoridades aduaneras en relación con mercancías sospechosas de vulnerar un derecho de propiedad intelectual que estén, o debieran estar, bajo vigilancia aduanera o sujetas a control aduanero ya que las competencias de las autoridades aduaneras en materia de procedimiento se limitan a la comprobación de si las mercancías son "mercancías sospechosas de vulnerar un derecho de propiedad intelectual".

El Reglamento (UE) no. 608/2013 no establece ningún criterio para determinar si se ha producido la vulneración de algún derecho de propiedad intelectual. La cuestión de si se ha vulnerado o no un derecho de propiedad intelectual se inscribe en el Derecho sustantivo relativo a la propiedad intelectual, tal como ha sido interpretado por los órganos jurisdiccionales nacionales competentes y por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En estos casos, los titulares de derechos estarán legitimados para solicitar la intervención de las autoridades aduaneras (en España, la Agencia Tributaria), bien por una solicitud nacional o por una solicitud dentro de la Unión según los casos, siguiendo un formulario normalizado. Una vez presentada y aceptada la solicitud, es la administración aduanera la que vigilará la entrada de mercancías en España susceptibles de ser consideradas como mercancías falsificadas o piratas, y se pondrá en marca un procedimiento muy rápido y efectivo para que sea el titular de los derechos supuestamente infringidos el que determine si los productos detectados son efectivamente una falsificación y, por lo tanto, puede denegarse su libre despacho o incluso acordarse su destrucción.

Las consecuencias de la comercialización de falsificaciones son siempre negativas, no solo por la clara destrucción de puestos de trabajo o los riesgos sobre la salud pública (pensemos en la falsificación de medicamentos y de los graves riesgos de adquirir este tipo de productos y aún de productos aparentemente inocuos como los de perfumería), entre otros.

Los titulares de derechos de Propiedad Industrial e Intelectual deben no solo registrar sus derechos sino controlarlos y defenderlos frente a quien lesione sus derechos.

En la lucha contra este fenómeno resultan esenciales las campañas de concienciación a los ciudadanos sobre los peligros del mismo, pero también la formación y la difusión acerca de la importancia del respeto de estos derechos, que contribuyen en gran medida al crecimiento económico e industrial de cualquier país.

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