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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que considera que hay derecho a indemnización para el exarrendatario de un local, cuyo nuevo inquilino seguía su misma actividad y por tanto, aprovechaba la clientela habitual. El nuevo arrendatario, además de mantenía el nombre y parte del personal del negocio. Ante discrepancias sobre la continuidad del contrato de alquiler, el exarrendatario decidió pedir esta indemnización



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