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El régimen especial de arrendamiento de viviendas en el Impuesto sobre Sociedades consiste en un régimen al cual podrán acogerse las sociedades que tengan como actividad económica principal el arrendamiento de viviendas situadas en territorio español que hayan construido, promovido, o adquirido; se trata de un régimen que supone una reducción en la carga fiscal, ya que se aplica una bonificación en la cuota del Impuesto sobre Sociedades y será compatible con la realización de otras actividades complementarias, y con la transmisión de los inmuebles arrendados una vez transcurrido el período mínimo de mantenimiento de 3 años.



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