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Madrid, 15 oct (EFECOM).- El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha lanzado la audiencia pública del proyecto de Real Decreto por el que se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y se regula la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración.

Con este sistema de registro el Gobierno quiere perseguir el fraude, proteger a quienes realmente necesitan del alojamiento de temporada, poner coto a los alojamientos turísticos ilegales y priorizar los alquileres de vivienda habitual.

Además, busca ser de ayuda para las comunidades autónomas en este proceso, muchas de las cuales tienen sus propios registros de alquileres que se deberán fusionar con el de ámbito nacional.

¿Qué recoge este real decreto?

El Real Decreto, en aplicación del reglamento europeo, establece una serie de obligaciones y regulaciones en materia de información que se aplican a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

Comprende tanto los servicios de alquiler de corta duración prestados por las plataformas en línea a anfitriones que prestan servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en España, independientemente del lugar de establecimiento de dichas plataformas, como los servicios de alquiler que prestan los anfitriones.

El texto parte de la causalidad para distinguir los arrendamientos de temporada y los de corta duración —donde también se incluyen los de habitaciones, turísticos, embarcaciones u otras propiedades- de los ordinarios de vivienda.

¿Qué es el número de registro?

Para comercializar sus alquileres en plataformas, los arrendadores están obligados a obtener un número de registro, aportar la información requerida para su alta o renovación, atender los requerimientos de información y comunicar a las plataformas en línea dicho número que les haya asignado el Registro de la Propiedad o el de Bienes Inmuebles.

Las plataformas, por su parte, están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante este número sus viviendas y que sea visible en los anuncios.

¿Cómo se consigue?

El procedimiento para solicitar el número de registro se realizará a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores y el número obtenido tendrá una vigencia de 12 meses.

El interesado debe dirigir su solicitud en la sede del Colegio de Registradores o Registro de la Propiedad o Bienes inmuebles competente que contenga la dirección específica.

Asimismo, deberá detallar el tipo de arrendamiento: fincas, habitaciones o unidades parciales destinadas al alquiler de corta duración no turístico; aquellos destinados al turístico o embarcaciones flotantes u otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración.

Un solo código por categoría

Cada finca, habitación o embarcación sólo podrá tener un código por cada categoría anterior.

El Real Decreto establece que no se podrán comercializar estos alquileres sin el referido número de registro vigente, ni con un número de registro asociado a una categoría y tipo diferente de arrendamiento.

¿Cómo renovarlo?

El número de registro tendrá una vigencia de 12 meses, pudiendo ser prorrogada en caso de constitución de uno o varios arrendamientos sobre la unidad durante ese período, siempre y cuando sean de la misma categoría y tipo por el que se solicitó el registro.

Para solicitar la prórroga debe aportarse un listado de los arrendamientos por cada categoría constituidos durante la vigencia de este número de registro.

En el caso de que se traten de arrendamientos de temporada, se tiene que recoger además la causa de la necesidad de vivienda no permanente del arrendatario en cada uno de dichos contratos, que se podrá verificar.

Cumpliendo los requisitos, tanto de alta como de renovación, el registrador expedirá el número de registro y lo elevará a la Ventanilla Única Digital.

¿Qué pasa si se retira la vivienda o se suspende el registro?

En el caso de que se retire o suspenda el número de registro por el registrador, la Ventanilla Única Digital trasladará orden a las plataformas para que eliminen posibles anuncios asociados a ese número.

Más de 100 aportaciones

Durante el proceso de consulta pública, iniciado el 23 de septiembre, se han recibido un total de 106 aportaciones ciudadanas, muchas de ellas tenidas en cuenta en el texto que ahora se somete a audiencia.

La ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, asegura que los acuerdos de este martes no son fruto de las manifestaciones del domingo, sino que se iniciaron al poco de su llegada y se han hecho con rigor, serenidad y seguridad jurídica, pero atendiendo la emergencia




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