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El Tribunal Supremo ha reiterado una de sus doctrinas en la que aclara que la suspensión de un desahucio por motivos de vulnerabilidad es "transitoria" y que, por tanto, la persona desahuciada debe pedir ampliaciones del plazo de suspensión demostrando que permanece en situación de vulnerabilidad, según ha informado Navas&Cusí.

 



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