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Últimamente se ha observado una tendencia en varios Pliegos de contratos de control y vigilancia de obras licitados por la Administración: en lugar de computar como mejora la experiencia, se establece una regla especial consistente en computar como mejora en la licitación una oferta consistente en un plazo gratuito extra superior al 20% del plazo inicial e inferior al 30%. Es decir, puntuar aumentos de plazo asumidos por el licitador. En otras palabras: se otorgan puntos por una “mejora” que, lisa y llanamente, consiste en ofertar gratuitamente más plazo de contrato (en concreto, entre un 20% y un 30% más de plazo). En Pliegos donde, además, entre las modificaciones previstas, no se prevé la ampliación de plazo de la obra. 



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