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Ante la pandemia que sacude a casi la totalidad de los países del mundo, el Gobierno Español en fecha 14 de marzo de 2020 decretó el Estado de Alarma.

Como consecuencia de esto, el Ministerio de Asuntos Exteriores junto con el Ministerio del Interior, han acordado medidas URGENTES y necesarias en materia de Extranjería.

Las más importantes son:

  1. España ha CERRADO LAS FRONTERAS TERRESTRES, y posteriormente la Unión Europea ha hecho lo propio, medida inaudita tomada por los Jefes de estado y de Gobierno de los países de la UE , los que han acordado limitar la entrada a la Unión de todos los ciudadanos no comunitarios durante 30 días.
  2. Se han CANCELADO DE LAS CITAS PARA TRÁMITES DE EXTRANJERÍA. La sede electrónica de Administraciones públicas ha suspendido el servicio de cita previa para cualquier trámite en materia de extranjeros, ahora se pueden presentar TODAS las renovaciones de residencias no lucrativas, trabajo cuenta propia o ajena, residencia larga duración, permanente, etc tanto RENOVACIONES COMO RESIDENCIAS INICIALES DE FORMA TELEMÁTICA.
  3. Del mismo modo, las COMISARÍAS DE POLICÍA han cerrado al público y se han suspendido las citas previas de toma de huella, solicitudes de regreso, expedición de TIES, PASAPORTES, DNI, carta de invitación, prórrga de estancia sin visado, cédula de inscripción de indocumentado, Certificado de registro de ciudadano de la UE, protección internacional y estatuto de apátria hasta que cese la situación de Alarma, posteriormente se deberá volver a solicitar cita previa.
  4. Además la situación generada por la evolución del COVID 19, y para adoptar medidas tendentes a la protección de la salud de la ciudadanía y mediante la Disposición Adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de Alarma, se establece la SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVO, declarando la suspensión de los términos.
  5. Cierre de ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, se suspenden además por cierre al público de los JUZGADOS, TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTÍCIA, AUDIENCIA NACIONAL, TRIBUNAL SUPREMO, demás organismos judiciales que sólo y únicamente atenderán en funciones de guardia y adoptando medidas excepcionales. En cuanto a los REGISTROS CIVILES y REGISTRO CIVIL CENTRAL , quedan suspendidas las JURAS DE NACIONALIDAD por RESIDENCIA, POR CARTA DE NATURALEZA, POR OPCIÓN, POR APATRIA y cualquier tipo de Jura, inscripción de nacimiento etc, únicamente se atenderá para servicios urgentes como fallecimientos.
  6. Suspensión de los exámenes CCSE y DELE en todos los países, son pruebas obligatorias para casi todos los futuros nuevos españoles. Se han suspedido las convocatorias de marzo y abril y no se descartan futuras, reanudándose cuando cese el estado de Alarma, así que no dejéis de estudiar.
  7. El Ministerio de Justicia sigue notificando RESOLUCIONES DE NACIONALIDAD durante el Estado de Alarma. Sí, parece que el Gobierno quiere darle un gran empujón al atasco de nacionalidades que lleva acumulado y es por eso que estamos recibiendo aluviones diarias de concesiones de Nacionalidades las cuales están siendo resueltas por los funcionarios desde sus casas. Nos están llegando concesiones de los años 2016, 2017 y 2018 algunas habíamos interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, otros expedientes habíamos presentado impulso procesal además también se están concediendo las Nacionalidades presentadas en 2019 y 6 presentadas este 2020!!
  8. El Ministerio del Interior PRORROGA durante 1 año LA VALIDEZ de los DNI, PASAPORTES Y Tarjeta de Identidad de Extranjero que caduquen desde el Decreto del Estado de Alarma, es decir, desde el pasado 14 de marzo de 2020. De esta manera, podrán ser utilizados para realizar cualquier tipo de gestión oficial, (notarias, registros, Ayuntamientos etc) y tendrán validez si se requiere su presentación por algún tipo de autorizada o agentes de las Fuerzas de Seguridad.

 

Anna Molina.

Abogada del Área internacional de Devesa & Calvo.




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