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El despertador suena a las 6 de la mañana. Toca hacer más de un centenar de kilómetros para llegar al Juzgado a celebrar un juicio señalado a primerísima hora. Voy pronto porque me puedo encontrar algún atasco en el camino y hasta puede que el juicio se celebre puntualmente.

Cruzo el umbral del Juzgado nada más los de seguridad abren la puerta. La exhibición del carnet de abogado colegiado me exime de pasar por el control de seguridad que es algo que nunca he entendido, porque los abogados también podemos poner bombas o llevar un Kalashnikov escondido en la mochila. Contra pronóstico, parece que vamos a entrar en Sala con una impuntualidad razonable. Entramos y, antes de empezar, el letrado del INSS, hace ver a SSª que el juicio debe suspenderse porque falta el preceptivo informe de la Inspección de Trabajo. Ese informe que según la Ley reguladora de la jurisdicción social debe ser recabado de oficio por el Juzgado al admitirse la demanda.

Madrugón y mas de 200 Kilómetros para nada, más el tiempo de preparación del juicio, que podía haber aplazado para cuando se celebre de verdad.

Este hecho, que se repite hasta la saciedad en la jurisdicción social, me hace reflexionar aprovechando que ahora está de moda esto de la eficiencia judicial. Si los Juzgados recabasen los informes preceptivos que exige la Ley cuando toca y requiriesen a los demandantes las subsanaciones de las demandas que deben exigirse también por imperio de la Ley, bajaría en picado el número de suspensiones de los juicios (especialmente los de Seguridad Social, que son mayoría abrumadora) y quedarían miles de “huecos” en las agendas para poder celebrar miles de juicios que ahora no se celebran porque la agenda está a reventar… de señalamientos a juicio que se acaban suspendiendo por este tipo de causas. Y cuando digo miles, no exagero. Hay asuntos de Seguridad Social que, ellos solos, acumulan 7 y 8 suspensiones simplemente porque la parte actora no ha demandado a quien debía y el Juzgado jamás la ha requerido a subsanar la demanda, cuando se supone que debe hacerlo por imperio legal.

Soy consciente de que el problema de la justicia en este país es muchísimo mas grave que esto, pero el simple cumplimiento de la ley en este aspecto aligeraría el problema de los señalamientos para el siglo que viene y, además, no tiene coste alguno… Bueno, si … que hay que leerse las demandas antes de admitirlas a trámite.

Ahí dejo mi modesta aportación a la eficiencia judicial, por si alguien quiere hacerme caso.




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