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La Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo (STS) nº 472/2024, de 26 de enero (Ponente: Excma. Sra. Dª. Carmen Lamela Díaz) confirma la Sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 5 de mayo de 2021, que estimando el recurso de apelación interpuesto por el acusado frente a la Sentencia del Juzgado de lo Penal nº18 de Barcelona, le absolvía del delito de falsedad en documento oficial, previsto y penado en el artículo 390.1.1° y 2° y 392.1 del Código Penal (CP), a la pena de 6 meses de prisión, con la consiguiente inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, y 6 meses de multa a razón de una cuota económica de 6 euros (total 1.080 euros), con la consiguiente responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, del artículo 53 del Código Penal y costas



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