Carpeta de justicia

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Como informa un diario británico en el día de hoy, hay cosas imposibles. Y la independencia de Cataluña es una de ellas. Las penas de cárcel dicen, son por sedición, malversación y desobediencia, pero el verdadero problema del independentismo es la arrogancia. La sentencia publicada ayer no lo dice con esas palabras. Ni mucho menos. Pero sí hace un análisis que nos invita a reflexionar sobre la forma en la que se condujo el movimiento por la independencia en los meses de septiembre y octubre de hace dos años.

Muy claro estaba después de ver el juicio que se iba a condenar por los delitos de desobediencia y malversación. Así se refleja y motiva convenientemente en sentencia, dejando el segundo de los delitos en concurso medial con el de sedición por el que finalmente opta y pena la Sala Segunda. Que, si es por la Fiscalía, ni eso. Porque aparte de no entenderse muy bien el momento en el que se presenta la querella por la Fiscalía General del Estado, con un 155 y elecciones autonómicas convocadas a 3 meses vista, menos aún resulta comprensible que los fiscales de sala acudan finalmente a juicio sin una calificación alternativa al delito de rebelión. Como sobrados de fe en sus argumentos acusatorios que, como ya adelantábamos muchos, se quedaban en agua de borrajas a la hora de justificar la existencia de lo que la fiscalía no dudaba en calificar machaconamente de golpe de estado.

La sentencia, con la que se podrá o no estar de acuerdo, es profusa y razonada. Y entra resolviendo todos y cada uno de los puntos planteados por acusaciones y defensas. Deja meridianamente claro que no existe un derecho a decidir en el sentido de que autorice o fomente acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial de un Estado soberano. Que la autodeterminación no tiene cabida en un estado como el nuestro y explica lo que ya sabíamos, que esto queda para las colonias subyugadas por las metrópolis. Que no hay punto de semejanza entre los casos de Quebec, Escocia y Kósovo con Cataluña. Que es perfectamente legítimo defender la autodeterminación y que aquí no se persiguen las ideas pese a que en países de nuestro entorno no se permitan partidos que la sostengan. Que la desobediencia civil, aparte de necesaria como punto de avance de las sociedades civilizadas, no justifica la oposición activa concertada frente a actuaciones de agentes de la autoridad que pretenden dar cumplimiento a un específico mandato judicial. Que la Constitución no impone la obediencia ciega e incondicional a ninguno de sus preceptos, pero la falta de identificación con el esquema político definido por el poder constituyente no puede servir de excusa para su derribo mediante métodos consistentes en el puro voluntarismo que expresan las vías de hecho o mediante la producción normativa unilateral que prescinde de las propias normas para crearlas que rigen en un territorio. Además de un largo etcétera.

No hubo rebelión

Como decía en un anterior escrito, había dos cosas muy claras. De una parte, el fuerte e inútil dispositivo policial articulado por el estado para impedir a parte de la población catalana participar en su peculiar consulta, declarada ilegal, y de otra, la decidida voluntad de protesta y actuación para que el dispositivo policial no lograra su objetivo. Y mantenía que la intención de los acusados era la de forzar al Estado, hacer ver que, ante la pasividad de ambos gobiernos por resolver un conflicto político, el movimiento por la independencia debía de actuar para movilizar los apoyos suficientes que le pudiera llevar a la negociación de la independencia con el Estado, retorciendo e infringiendo para ello el ordenamiento vigente hasta los límites adecuados para la causa.

La Sentencia deja claro que no hubo ningún intento de secesión. La integridad del estado en ningún momento se puso en riesgo. La actuación de los líderes de procés se basaba “en una mera ensoñación, en un artificio engañoso creado para movilizar a unos ciudadanos que creyeron estar asistiendo al acto histórico de fundación de la república catalana". Lo que realmente se pretendía era presionar al Gobierno Central para negociar una consulta popular… “sabían que un referéndum sin la más mínima garantía de legitimidad y transparencia para la contabilización de su resultado nunca sería homologado. Eran conscientes de que la ruptura con el Estado exige algo más que la obstinada repetición de consignas dirigidas a una parte de la ciudadanía que confía ingenuamente en el liderazgo de sus representantes políticos y en su capacidad para conducirles a un nuevo Estado que solo existe en el imaginario de sus promotores".

En definitiva, lo que los líderes del proceso catalán idearon, suponía una estafa para los ciudadanos que sí creían en que se iba a producir la independencia de Cataluña. De hecho, se llega al ridículo de dar por creada y al mismo tiempo suspendida la república con media cúpula del procés desaparecida para eludir sus responsabilidades legales.

La sedición

Sigo pensando que a la legítima orden judicial de impedir el referéndum ilegal, se unía una decisión política del gobierno a todas luces desproporcionada cual es la de movilizar para a ello a todo un contingente armado que se desplaza a Cataluña para su actuación antes y durante el día de la consulta.

¿Autorizaba el Auto judicial que ordenaba impedir el referéndum cualquier actuación por parte del gobierno a través de las fuerzas de seguridad? ¿Era consecuente con esa orden judicial el envío de unos 7.000 efectivos de las fuerzas de seguridad del estado a Cataluña? ¿Se podía evitar el voto sin el uso de la fuerza?

Estas cuestiones no han sido tratadas en la sentencia. Simplemente se dan por asumidas. Tan solo se alude a ello de soslayo cuando se argumenta en la propia resolución que el hecho de que algunos miembros de los cuerpos de seguridad del estado usaran la violencia, lo que será objeto de otros procedimientos judiciales, no convalida la actuación violenta de los que se congregaron en los colegios electorales y en las inmediaciones de la Consejería de Hacienda. Y se da como presupuesto perfectamente válido para hacer cumplir las normas y, más concretamente, la resolución judicial que prohibía la celebración del referéndum declarado ilegal. Es en base a ello y por la violencia que se estima acreditada en las protestas por lo que se concluye que sí hubo sedición.




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