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Nuria Rando, perteneciente al despacho Gaona, Palacios y Rozados Abogados

  • Constituir sociedades y elevar acuerdos sociales, son dos de las principales acciones que ahora podrán realizarse online
  • La abogada mercantil, Nuria Rando, explica las novedades introducidas por la Ley 11/2023 de trasposición de Directivas de la UE

La digitalización sigue ganando terreno en el ámbito del derecho, la aprobación de la Ley 11/2023 de trasposición de Directivas de la UE ha introducido importantes novedades en la forma de otorgar ciertos documentos a través del Portal Notarial del Ciudadano.

La abogada experta en derecho mercantil, Nuria Rando, perteneciente al despacho Gaona, Palacios y Rozados Abogados, explica cuáles son los nuevos servicios más relevantes de esta nueva ley que se aprobó en mayo. De la que ha señalado que “supone un importante y necesario avance para las empresas, sus órganos de administración y para los profesionales que nos dedicamos al derecho mercantil y societario”.

Una de las novedades más relevantes es la posibilidad de constituir sociedades de responsabilidad limitada de forma telemática. Hasta ahora, aunque se podía tramitar la constitución de sociedades en línea, era necesario acudir presencialmente a la notaría para otorgar la escritura de constitución. Con la nueva ley, podrá realizarse mediante la identificación electrónica de los socios fundadores y la firma del acta fundacional.

En cuanto a los acuerdos sociales, la ley permite elevar a público los mismos de manera online. Esto supondrá un ahorro de tiempo y recursos económicos, así como facilitará los trámites para empresas con vínculos internacionales. Asimismo, las pólizas mercantiles, los apoderamientos mercantiles y poderes de representación procesal o para actos concretos, las cartas de pago y las cancelaciones de garantías también podrán ser otorgadas por videoconferencia.

Adaptación al cambio

Al igual que en otros cambios hacia la digitalización, es importante el papel de las notarías a la hora de efectuar las modificaciones necesarias. Así como el de los usuarios para decidirse a utilizar estas nuevas facilidades.

“El éxito de este sistema, en mi opinión, también dependerá de la rapidez con la que las propias notarías se adapten al sistema electrónico, así como, el propio rendimiento y carácter intuitivo del propio Portal Notarial del Ciudadano”, ha indicado Nuria Rando.

El acceso al Portal Notarial del Ciudadano requerirá de un registro previo (indicando DNI o NIE, número de teléfono y dirección de correo electrónico). Una vez registrado, se podrá acceder al portal utilizando credenciales, certificado electrónico admitido en la TSL o mediante Cl@ve PIN.




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