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La Audiencia Provincial de Jaén, mediante sentencia de 17/02/2016, condena a Unicaja a eliminar una cláusula suelo inserta en una hipoteca de un local de negocio, con restitución de cantidades desde mayo 2013

Un joven profesional ha ganado una sentencia que abre una brecha en la historia judicial de la cláusula suelo, siendo la defensa jurídica llevada por la Letrada Magdalena Rico Palao, puesto que todos los locales comerciales sobre los que pese una cláusula suelo podrán reclamar la eliminación de dicha cláusula abusiva y la devolución de cantidades, si se encuentran en la situación definida en la resolución judicial.

La Audiencia Provincial de Jaén confirma el criterio del Juzgado de lo Mercantil de la misma ciudad, considerando consumidor a un titular de un local de negocio que compró el local de negocio como inversión, sin tener relación con su actividad, aunque posteriormente dicho local fuera alquilado para discoteca y para bar.

El Tribunal recuerda la definición del concepto de consumidor como la persona que actúa en un ámbito ajeno o una actividad empresarial o profesional, siendo el demandante  en el momento de concertar el préstamo hipotecario, trabajador por cuenta ajena y el hecho de comprar la finca como inversión al ser un local comercial, no supone que no fuera consumidor, sino al contrario, el demandante era consumidor en el momento de otorgar la escritura de préstamo hipotecario, pues la finca adquirida no la utilizaba para el desarrollo de su actividad profesional o actividad empresarial y en consecuencia le es aplicable la protección que dispone la Ley a los consumidores.

Por todo ello, dice el  Tribunal, procede la aplicación de la doctrina de la nulidad de la cláusula suelo, con los efectos intrínsecos que ello tiene, con la devolución de cantidades desde mayo 2013.

La letrada Magdalena Rico Palao, que ha defendido al afectado, aclara que el  Tribunal ha respetado el criterio impuesto por el TS en su sentencia de 25 de marzo del 2015 y aprueba que se devuelvan cantidades pagadas de más por las cláusulas suelo desde la primera sentencia de nuestro más alto Tribunal (9/5/13). 

También aclara la letrada que hay numerosas cláusulas suelo impuestas a consumidores que compraron locales comerciales, segundas viviendas, terrenos para hacer una residencia en el campo etc...que pueden beneficiarse de esta importante resolución que interpreta la ley de forma favorable a la nulidad de las cláusulas suelo.




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