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Si tu casa ha sufrido un incendio o derrumbe, te explicamos qué derechos tienes para reclamar una indemnización

Si por desgracia tu vivienda se ha visto gravemente dañada por un incendio o derrumbe, debes saber qué derechos tienes a la hora de poder reclamar para ser indemnizado como perjudicado.

¿Se puede reclamar por un incendio o derrumbe?

Los daños materiales que ocasiona un incendio o derrumbe conllevan un gasto económico al que puede ser muy difícil hacer frente. Si dispones de un seguro de hogar, conviene revisar sus coberturas. Si incluye el incendio o derrumbe, y siempre y cuando no hayan sido ocasionados de forma intencionada o por negligencia, te corresponderá ser indemnizado.

Esa indemnización puede ser por los bienes materiales perdidos, por el coste del servicio de bomberos o por el alojamiento fuera del domicilio, entre otros.

¿Qué se debe hacer para reclamar la indemnización?

En caso de que tengas un seguro que incluya estos supuestos conviene actuar con rapidez y siempre que sea posible:

  • Hacer fotografías o vídeos de los daños ocasionados.
  • Cuando haya intervención de los bomberos o policía, solicitar los informes técnicos de su actuación con las explicaciones que detallen lo ocurrido.
  • Comunicar los hechos a la compañía de seguros en el plazo de 7 días desde que se sufren los daños y aportar la documentación de la que se disponga.
  • Hacer inventario de los enseres dañados, los no afectados y estimación de su valor económico.

¿Qué sucede si el incendio se origina fuera de mi vivienda, pero afecta a mi propiedad?

Si el incendio se origina en otra vivienda y se propaga a la tuya, deberás informar a la propiedad de la vivienda dónde se originó el fuego de forma fehaciente (por Burofax, por ejemplo) y antes de 1 año. También deberás averiguar si tiene seguro de hogar.

En caso de que tu vecino no disponga de un seguro de hogar y se niegue a asumir personalmente los desperfectos ocasionados, deberás informar a tu compañía de seguros. Si se trata de daños cubiertos por tu póliza, tu propio seguro te indemnizará o se encargará de reclamar al vecino por los daños y perjuicios a través del servicio de defensa jurídica.

¿Cubre el Consorcio de Compensación de Seguros los daños por incendio o derrumbe?

No lo cubre. El Consorcio solo cubre los daños debidos a riesgos extraordinarios de la naturaleza.

Debido a la magnitud de este tipo de daños, por la gran pérdida sufrida, puede hacer aconsejable asesorarse convenientemente por un abogado y perito a fin de que nuestros derechos sean convenientemente cubiertos.

 




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