Carpeta de justicia

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  • Santander y BBVA retiraron ofertas promocionales de sus webs que incluían ofertas de hipotecas a tipo variable y fijo, mientras CaixaBank e Ibercaja encarecieron ligeramente los intereses de sus hipotecas
  • El pago del AJD representa un pago de entre 3.000 y 4.000 euros, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se formalice la hipoteca

El sector bancario español ya ha reaccionado a la sentencia del Tribunal Supremo respecto a dilucidar quién debe afrontar el pago del impuesto de AJD a la hora de formalizar un contrato hipotecario. Mientras Santander y BBVA ya retiraron ofertas promocionales de sus webs que incluían ofertas de hipotecas a tipo variable y fijo, CaixaBank e Ibercaja encarecieron ligeramente los intereses de sus hipotecas. Y es que la subida de los intereses sobre las hipotecas es una de las pocas vías con las que cuentan los bancos para recuperar el impuesto de AJD. También cabría la posibilidad de incrementar la venta de servicios asociados a la hipoteca para contrarrestar el efecto económico de la sentencia.

Hasta ahora los afectados seguían llevando a cabo sus respectivas gestiones jurídicas. La reclamación a Hacienda se realiza a través de la presentación de un escrito denominado Solicitud de Devolución de Ingresos Indebidos, que deberá presentarse a la vez ante dos órganos: la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma en la que se liquidó el impuesto y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, órgano estatal. De esta forma se evitaría que las entidades se deriven la una a la otra, evitando así reconocer su responsabilidad. En caso de ser estimada la reclamación impuesta por el particular, la cantidad a devolver sería el resultado de la suma del importe del impuesto abonado y los intereses de demora correspondientes. Si en el periodo de un semestre Hacienda no hubiera respondido a dicha reclamación, ésta deberá considerarse desestimada la solicitud.



Amor Pelegrí, socia fundadora de Pelegrí Abogados, afirma que “esta sentencia ha marcado un antes y un después en materia hipotecaria más por lo que representa este varapalo al sector bancario español que por el efecto económico real que representará para las entidades, pues éstas pondrán en marcha vías alternativas para poder recuperar el dinero. Por otra parte, los que sí que se juegan mucho son los propios particulares, pues el AJD representa un pago de entre 3.000 y 4.000 euros, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se formalice la hipoteca”.

Más allá de la reforma de la Ley Hipotecaria, en los próximos meses podría haber nuevos cambios en lo que a derecho hipotecario en España se refiere, como el uso del índice hipotecario IRPH en lugar del tradicional Euríbor o los intereses de demora que puede aplicar la banca a su cliente a un máximo de dos puntos sobre el tipo del crédito. De momento, la reforma opta por fijar la penalización por demora en tres veces el interés legal del dinero e impide que pueda pactarse otra cifra.




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