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Cuando una comunidad de propietarios y su comercializadora de gas natural finalizan su vínculo contractual, es fundamental que el administrador de fincas o el presidente de la comunidad actúen de manera rápida para contratar con una nueva comercializadora del mercado libre. De lo contrario, aunque la comunidad comenzará a recibir gas, lo hará sin un contrato vigente, lo que resultará en la aplicación automática de la Tarifa Transitoria



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