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  • La audiencia provincial de alicante nos ha notificado un auto firme donde da la razón a los argumentos presentados por el despacho Bufete Sanz&Abogados

La Audiencia Provincial de Alicante declara la nulidad del contrato de BBVA S.A y condena a la entidad financiera a devolver al cliente la cantidad que exceda del principal del capital en su día prestado, más los intereses legales y las costas

La letrada María Jesús Sanz Cardona ha conseguido que se le abone al cliente 9.211,81€ en vez de 419,71€ que iba abonar la entidad. Se solicitó a la entidad bancaria la liquidación justificada o cuadro completo desde el inicio del contrato hasta la fecha actual de la tarjeta revolving. Tras la incapacidad del BBVA de aportar la documentación se toma el criterio aportado por Bufete Sanz&Abogados como referencia una estimación del importe a restituir.

La entidad financiera BBVA S.A al no disponer de dicha documentación en su poder y habiendo sido estimada esta petición por la autoridad judicial, la falta de aportación no puede tener otros efectos que los previstos en el art. 329.1, conforme la cual “En caso de negativa injustificada a la exhibición del artículo anterior, el tribunal, tomando en consideración las restantes pruebas, podrá atribuir valor probatorio a la copia simple presentada por el solicitante de la exhibición o la versión que del contenido del documento hubiese dado”.

 

 




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