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Un médico extranjero que posee un título de especialista necesita solicitar el reconocimiento de dicho título para ejercer en una especialidad médica específica, en conformidad con el Real Decreto 459/2010, de 16 de abril. Este decreto regula las condiciones para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialista en Ciencias de la Salud obtenidos en países no pertenecientes a la Unión Europea.



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