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Nuria Menéndez de Llano es directora del Observatorio Justicia y Defensa Animal. Miembro de la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Oviedo y del Centro para la Ética Animal de Oxford (Oxford Center for Animal Ethics). Fundadora del despacho especializado en Derecho Animal Menéndez de Llano Abogados. Miembro del Consejo Editorial de la Revista de Derecho Animal de la Universidad Autónoma de Barcelona. Próxima colaboradora del blog de Derechos de los Animales del Consejo General de la Abogacía Española.

¿Por qué y con qué objetivos se constituye la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Oviedo?

La Comisión de Derecho Animal del Colegio de Oviedo nace con vocación de contribuir a la difusión y el conocimiento del Derecho Animal, toda vez que es una materia jurídica novedosa, poco conocida y que todavía no es impartida con entidad propia en las Facultades de Derecho españolas.

¿Qué importancia tiene el estudio y la formación en materia de Derecho Animal?

La formación y el estudio del Derecho Animal es una importante herramienta para mejorar la aplicación efectiva del Derecho y tiene la virtualidad de que su implementación, a medio y largo plazo, se traduce en mejoras reales en el amparo de los animales en situación de vulnerabilidad y la convivencia ciudadana.

¿Cómo se encuentra esta materia a nivel global?

Como asignatura ya se imparte en más de 160 facultades de derecho de otras Universidades del mundo, principalmente de EEUU, entre ellas las más prestigiosas del mundo como Harvard, Yale, Stanford o Georgetown.

¿Cuál es la situación actual de la legislación en esta materia?

En los últimos veinte años en nuestro país se ha producido un importante desarrollo legislativo como consecuencia de la plasmación en los textos normativos de una ética social mayoritaria, empática y sensible hacia el respeto por los demás animales con los que compartimos el planeta y; en muchos casos, nuestra vida familiar. No obstante, ese desarrollo legislativo debe ir acompañado de recursos públicos que permitan y faciliten su aplicación.

¿Cuál es el compromiso de las instituciones?

En el caso del Derecho Animal, este aspecto es el que más falla en la actualidad, ya que aún no se le está dando desde las Instituciones la relevancia que tiene como potente medio para solucionar conflictos y redundar en mejoras para toda la sociedad. Sin el debido desarrollo de políticas públicas de bienestar animal y la consecuente inversión de recursos públicos en materia de maltrato animal o abandono, se corre el riesgo de que todo lo avanzado legalmente se convierta en papel mojado sin virtualidad práctica.

¿En qué se debe mejorar?

En mi opinión, al mismo tiempo que se debe seguir actualizando y desarrollando el estatuto jurídico de los animales no humanos en nuestro Ordenamiento Jurídico, se debe invertir en formación en Derecho Animal y en general en los llamados Estudios Animales (Animal Studies).

En este sentido es prioritaria la reforma del Código Civil para que se supere la concepción decimonónica de los animales como bienes muebles y se les reconozca como los seres vivos, sensibles y sintientes que son.

Además, todo ese conocimiento y desarrollo legal debe traducirse en la puesta en marcha de políticas públicas efectivas que intenten dar respuesta efectiva a los problemas actuales más acuciantes, entre los que destacan la falta de protocolos legales que establezcan las actuaciones claras cuando aparece un animal víctima de maltrato animal o en situación de desamparo y la deficiente eficiencia en la aplicación del Derecho Animal.

A nivel estatal, según datos de la Fiscalía General del Estado sólo un 7% de las causas penales por delitos de maltrato animal acaban con una sentencia condenatoria. Sin duda el dato es lo suficientemente elocuente pero no podemos quedarnos en la queja, se deben analizar las causas y poner soluciones.

¿Qué soluciones propone?

A este respecto, por ejemplo, considero esencial que se cree un Cuerpo Nacional de Veterinarios Forenses que examinen de oficio a los animales víctimas del maltrato. El delito de maltrato animal en nuestro país está configurado como un delito de resultado y, por tanto, el menoscabo en la salud del animal debe quedar acreditado pericialmente. De otro lado, de poco sirve que sigamos desarrollando los tipos penales en defensa de los animales si luego el animal víctima del maltrato sigue en manos del maltratador porque se desconoce si está en vigor una inhabilitación para la tenencia de animales o no se le decomisa por falta de una red asistencial adecuada.

¿Cree que ésta es un área de trabajo con futuro para los abogados?

No me cabe duda. Quizá todavía en nuestro país no se perciba la importancia real que tiene el Derecho Animal, como ha pasado con otras ramas del Derecho, quizá requiera cierta perspectiva histórica para poder apreciarlo. Esta disciplina jurídica incide de lleno en el desarrollo jurídico, ético, filosófico y político de una de las últimas y grandes revoluciones de las sociedades avanzadas con trascendencia directa en la Justicia Social. Los animales no humanos, por más que le cueste entenderlo a los sectores más reaccionarios, son nuestros compañeros de planeta y, muchos de ellos, además son conciudadanos de la vida en sociedad. Decía Víctor Hugo que primero hubo que civilizar al hombre en su relación con el hombre y después es necesario civilizar al hombre en su relación con la naturaleza y con los demás animales. En ese momento estamos.

El tema de los perros es especialmente sensible, sobre todo en las ciudades ¿Cómo estamos en Asturias a este respecto desde el punto de vista legal?

En Asturias tenemos mucho trabajo por hacer y multitud de aspectos que mejorar, tanto en el desarrollo e implementación normativa como en su aplicación práctica.  Tras 15 años de la entrada en vigor de la Ley del Principado de Asturias 13/2002, de 23 de diciembre, de Tenencia, Protección y Derechos de los Animales, se hace necesaria una revisión y actualización de la misma, así como un adecuado desarrollo reglamentario.

También es necesario hacer una revisión a nivel municipal de cuántos municipios tienen Ordenanzas de protección y tenencia de animales, así como de si su contenido se adecúa a las necesidades actuales. Llama la atención que Oviedo sea la única capital de provincia sin una Ordenanza de estas características, lo cual, deja a los animales desprotegidos en el control primario de las obligaciones inherentes a la tenencia responsable de animales, lo cual es fuente de no pocos problemas y molestias vecinales.

Por otra parte, en Asturias se han detectado multitud de disfunciones en la aplicación del Derecho Animal vigente, lo cual, exige un esfuerzo por analizar qué está fallando y proponer posibles soluciones a los entes públicos con responsabilidades en su aplicación. En ello ya se está trabajando desde la Comisión.

¿Qué actividades tiene previsto poner en marcha la Comisión?

Consideramos esencial poner en marcha cursos de formación en Derecho Animal y en los próximos meses ofreceremos actividades formativas a los colegiados.  Por otro lado, la Comisión quiere trabajar estrechamente con las distintas Administraciones con responsabilidades en la aplicación del Derecho Animal en Asturias. Para ello, mantendremos reuniones periódicas, ofreciendo nuestra colaboración y esperamos llegar a firmar convenios de colaboración con ellas, así como con otros organismos o entidades garantes del bienestar animal y del respeto a los animales como el Colegio de Veterinarios o la Fiscalía.

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